La Corte falló y la Justicia quedó muy lejos
La Corte Suprema rechazó el último recurso presentado por la defensa de Cristina Fernández de Kirchner, dejando firme su condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Más allá de los argumentos jurídicos, el fallo vuelve a encender la grieta y reabre el debate sobre el verdadero rol de la Justicia en causas de alto voltaje político.
El versito del título no hace más que reflejar lo que pasó. La resolución pone fin a la contienda judicial entre los que le creen a Cristina y quienes la detestan. La JUSTICIA, la que me enseñaron en la universidad, que no es otra cosa que dar a cada cual lo suyo, en mi opinión quedó lejos.
Cierto es que Cristina delineó y dirigió su defensa, y así le fue. Ahora, fuera del intento de recurrir a instancias internacionales, deberá cumplir la pena impuesta, en la casa o donde el juez determine.
Los jueces de la Corte dijeron que el recurso careció de “un relato prolijo de los hechos de la causa de relevancia principal, que permita vincularlos con las cuestiones que se plantean como de naturaleza federal, mediante una crítica concreta y razonada de los argumentos en que se basó la sentencia que se impugna”.
Por ejemplo, la característica de la apelación solo fue “una reedición de todo aquello que fue oportuna y fundadamente descartado” por la Cámara de Casación.
El recurso no rebatió “todos y cada uno de los argumentos en que el juzgador se apoyó para arribar a las conclusiones de que quien apela se agravia”.
En el recurso no se probó un “supuesto de arbitrariedad”, es decir, que no logró demostrar que la Cámara de Casación haya “omitido el tratamiento de cuestiones planteadas”, y que todo lo que la Casación no trató haya sido “conducente” a la resolución de la discusión.
El recurso incurrió en enumeraciones sobre distintos jueces y fiscales que mantuvieron uno o más encuentros con ciertos funcionarios del Poder Ejecutivo, pero “sin indicar ni una sola circunstancia concreta que permita inferir razonablemente que se ha comprometido la imparcialidad de los jueces en este caso concreto”.
En otras palabras, la defensa incurrió en “meras conjeturas”.
En toda la extensión de las 27 carillas, en definitiva, los jueces concluyeron que la defensa de Cristina no desarrolló “una derivación razonada del derecho vigente, de conformidad con las circunstancias particulares comprobadas en la causa”, ni demostró “que durante el proceso se haya vulnerado alguna garantía constitucional. El debido proceso ha sido salvaguardado y la recurrente ha obtenido una sentencia fundada en ley”.
En ese contexto, la Corte afirmó que confirmar la pena a 6 años de prisión a Cristina Fernández de Kirchner y su inhabilitación para ocupar cargos públicos son las que “determina el ordenamiento jurídico vigente”, cimentado en el principio constitucional de igualdad ante la ley.
“La imposición de las penas de prisión e inhabilitación no hace otra cosa que tutelar nuestro sistema republicano y democrático –señaló la Corte–, según las leyes penales dictadas por los representantes del pueblo en el Congreso de la Nación”.
Soy abogado, y lógicamente, discrepé y discreparé con los defensores de Cristina. Se equivocaron, y mucho, a lo largo de todos estos años de proceso. Siempre se manejaron en una defensa política, sin atender que la acusación era por hechos concretos.
La acusaban a Cristina, y la condenaron sin una prueba directa, sino por indicios, que no hacen más que confirmar que, como fuera, había que condenarla.
Usted me preguntará cómo hizo tanta plata el matrimonio Kirchner. De seguro que no puede justificar lo que tenían antes y después de salir del Gobierno. Pero eso no se juzgaba en este juicio.
Tan rara es esta condena que el ministro del área, Julio De Vido, fue absuelto, y los jefes de Gabinete ni siquiera declararon.
Ahora la voluntad de muchos es que Cristina vaya a una cárcel común. No sé si esto sucederá. Y atento a que, hasta el presente, nunca la Justicia atendió un pedido de Cristina o sus abogados, pero seguro que, como siempre, se sometió al proceso y no existe peligro de fuga, se puede –y debería– admitir la prisión domiciliaria, con la salvedad de que se extremen las medidas de seguridad con los bailes del balcón, y también con respecto a las visitas, que deberán ser autorizadas por la Justicia, como sucede con cualquier otro condenado.
El resto quedará para el relato, las crónicas de los analistas políticos, pero en esta ocasión la Justicia estuvo ausente en esta resolución. El Poder le mostró a Cristina y sus seguidores quién manda, y no es precisamente la voluntad popular o la gente de a pie, que mira de lejos esto y solo trata de llegar con algo de dignidad a fin de mes…
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