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Tras el fallo judicial, confiscarán los pedidos de Rappi, PedidosYa y Glovo cuando los repartidores violen las normas de seguridad

Las apps de delivery siguen funcionando después de que la Justicia porteña ordenara suspender la actividad. Las empresas buscan "dialogar" con las autoridades

El juez porteño Roberto Gallardo dispuso la suspensión y el bloqueo de las apps de delivery Glovo, Rappi y PedidosYa por incumplir los requisitos mínimos de seguridad vial. Por estas horas, las empresas de plataformas anunciaron su intención de "dialogar" con las autoridades para llegar a un acuerdo, pero quedaron expuestas a que las cajas de reparto sean decomisadas por las autoridades de tránsito.

Así se desprende de la decisión ordenada ayer por el titular del Juzgado de Feria en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 2. La resolución, que será apelada por las firmas tecnológicas, ordena también a las tarjetas de crédito como VISA, Mastercard, Tarjeta Naranja y American Express a bloquear las operaciones comerciales que se efectúen con las plataformas de delivery.

Tras el revés judicial, los repartidores hoy continuaban desarrollando su actividad con normalidad. Sin embargo, de acuerdo al mandato judicial, la Policía de la Ciudad tiene el encargo de realizar operativos en la vía pública para identificar a los conductores de ciclorrodados y motovehículos afectados al transporte de mercadería. Los efectivos deberán controlar que las empresas estén cumpliendo las condiciones de seguridad que establece la Ley 5.526 y su reglamentación.

¿Cuáles son los requisitos a cumplir? Observar que se tenga el casco puesto, contar con chaleco refractario, que la caja esté fija a la bicicleta o moto -en vez de que se use como mochila- y llevar la libreta sanitaria.

El conflicto por las condiciones laborales y de seguridad de los trabajadores de las aplicaciones de delivery viene del año pasado por impulso de la Asociación Sindical de Motociclistas Mensajeros y Servicios (ASIMM). Por ahora, los fallos favorables a la parte sindical fueron obtenidos en el juzgado de Gallardo y en la Cámara de Apelaciones, y afectan al cumplimiento de condiciones de higiene y seguridad para los repartidores.

No obstante, el planteo de fondo de la ASIMM apunta a que los repartidores sean reconocidos como trabajadores en relación de dependencia. En esa línea, el juez Gallardo dispuso en su resolución que las tres empresas de delivery presenten en el plazo de dos días la nómina del personal afectado al servicio de reparto, acreditando su correcta registración en cumplimiento de las normas laborales y previsionales, y haber entregado a cada conductor los materiales de trabajo bajo su exclusiva cuenta y cargo.

Además, advirtió que su resolución se basó en el "incumplimiento" de parte de las empresas de la presentación de documentación "ordenada hace siete meses".

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