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Revés judicial para Aníbal Lotocki: será investigado por la muerte de Silvina Luna

En primera instancia un juez resolvió no investigarlo porque ya había sido condenado por “lesiones graves”, sin embargo, la Cámara de Apelaciones consideró que el hecho ahora es otro porque la víctima murió.


La situación judicial de Aníbal Lotocki se complicó. El falso cirujano plástico que está detenido en Ezeiza desde el 18 de octubre, cuando se entregó en la sede de la Policía Federal en La Plata, por el presunto homicidio simple con dolo eventual del empresario Rodolfo Cristian Zárate, a quien operó en 2021 y horas después falleció, será investigado también por la muerte de Silvina Luna. 

La decisión llegá a través de la Cámara de Apelaciones, que indicó que Lotocki será investigado también por presunto homicidio de la modelo y de esta manera queda revocado el fallo de primera instancia que desestimaba la denuncia de la querella. La Cámara describió que la defensa interpuso una “excepción de falta de acción por cosa juzgada”.

Luna denunció a Lotocki por mala praxis luego de una intervención estética en los glúteos realizada en 2011. En febrero de 2022 y tras 5 meses de juicio, el cirujano fue condenado a 4 años por lesiones graves a Gabriela Trenchi, Stefanía Xipolitakis, Pamela Sosa y Luna. Y otros 5 años de inhabilitación para ejercer su profesión por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional (TOC) porteño N º28. Pero el fallo no quedó firme.

Tras la muerte de Silvina Luna el 31 de agosto, luego de estar 70 días internada por insuficiencia renal e hipercalcemia, la Cámara de Apelaciones revoca el fallo de no volver a investigar a Lotocki, quien ya había sido condenado por lesiones graves. "Ahora será investigado por presunto homicidio de Silvina", afirmó Fernando Burlando, abogado de la familia de la modelo.

"El Estado debe estar más allá, abrazando la nueva presencia de la víctima. Es un criterio jurídico avanzado y moderno, que tiene que ver con garantizarle el derecho a todos, no solamente a quienes se pensaban que eran los más importantes en un proceso como los imputados o el acusado, sino también para las víctimas", expresó Burlando a Clarín.

En un párrafo la Cámara de Apelaciones al que accedió este diario, alegó: "El juez de grado llegó a la conclusión de que no correspondía hacer lugar al planteo por la vía escogida, argumentando que el proceso en que se dictó la sentencia por lesiones aún no había concluido, por existir recursos pendientes ante el tribunal de casación. Sin perjuicio de ello, argumentó y resolvió que existía litispendencia (litigio pendiente), que restringió a Rubén Aníbal Lotocki, considerando que debía en todo caso expedirse al respecto el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 28, aunque paralelamente dispuso la desestimación parcial de la denuncia".

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