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Procesaron a Mangeri por femicidio agravado y abuso sexual

Lo decidió esta tarde el juez Javier Ríos. La pena que le cabe por este delito es la de prisión perpetua.

El juez de instrucción Javier Ríos procesó al portero Jorge Néstor Mangeri (45) por femicidio agravado y abuso sexual en grado de tentativa, por el caso del crimen de Ángeles Rawson, la adolescente de 16 años asesinada el 10 de junio en Palermo.

Con esta calificación, el ex encargado de Ravignani 2360 podría ser condenado a prisión perpetua.

La dura carátula completa elegida por el juez es: abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa agravado por haber causado un grave daño a la salud física de la víctima en concurso real con el delito de femicidio también agravado por haber sido cometido "criminis causae" (es decir, para ocultar otro delito y lograr la impunidad).

Ahora la defensa tiene cinco días de plazo para apelar el procesamiento y antes de fin de año será la Cámara del Crimen quien defina si el portero continuará con esta carátula o la modifica, en lo que será el paso previo a la elevación a juicio de la causa.

El magistrado tomó la decisión de procesar a Mangeri a tan sólo 48 horas de su última indagatoria. Allí el portero dijo que era "inocente de todo", que "nunca abusó ni abusaría de nadie" y dio una nueva versión para justificar las lesiones en su cuerpo al afirmar que se cayó de una escalera mientras pintaba.

Allí, el juez le reformuló la imputación al portero luego de que la junta médica determinara que Angeles murió en un ataque sexual.

El juez le atribuye a Mangeri "haber abusado sexualmente de la menor Ángeles Rawson -de 16 años de edad-, con el propósito de accederla carnalmente, en el interior del edificio de la calle Emilio Ravignani 2360, el día 10 de junio de 2013, enter las 9.50 y las 17 horas.

El magistrado agrega que con ese fin, Mangeri "le efectuó una golpiza destinada a vencer sus resistencia para ser sometida sexualmente".

"El compareciente abusó sexualmente de la menor por su condición de mujer, aprovechándose asimismo de la edad de la niña y de la superioridad física del imputado, mediando violencia de género", señala el juez.

Al describir el homicidio, Ríos afirma que "frente a la imposibilidad de consumar la penetración, para ocultar los delitos de abuso sexual y lesiones provocadas, así como procurar su impunidad, con una mano le comprimió el cuello a la menor y con la otra la sofocó, obstruyendo los orificios nasales y la boca, manteniendo este mecanismo de asfixia mixta, hasta que la niña perdió la vida".

Por último, el juez señala que Mangeri "con la misma intención de ocultar los delitos detallados y procurar su impunidad, se deshizo del cuerpo de la víctima, introduciéndolo en el circuito de recolección y procesamiento de residuos del CEAMSE".