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Polémica por las fotos íntimas de Luciano Castro, ¿qué pasa si compartís fotos sin consentimiento?

El día comenzó con una bomba tras la viralización de fotos de Luciano Castro totalmente desnudo. 

El jueves arrancó con las redes explotadas luego de que comenzaran a circular fotos íntimas de Luciano Castro donde se lo ve totalmente desnudo. Por el momento el actor no hizo declaraciones sobre la difusión y se desconoce si fue víctima de un hackeo o si fue consentido.

Sin embargo, por una reforma del Código Contravencional de la Ciudad de Buenos Aires, difundir fotos íntimas sin consentimiento pueden tener consecuencias y en algunos casos hasta se puede terminar tras las rejas.

"Si se difunden y se conoce que existen estas normativas que indican que no se puede difundir contenido íntimo del titular, va a ayudar a que esto no ocurra en el futuro o que se minimicen los casos", señaló a TN.com.ar Daniel Monastersky, abogado especialista en delitos informáticos. Por un caso de estas características, la justicia puede hacer lugar a una medida cautelar en 48 horas para que los buscadores y las redes sociales eliminen ese contenido, indicó el letrado.

"Si bien la normativa es de la ciudad de Buenos Aires, y creo que Castro vive en provincia, podría ser útil. Hace poco logramos que la Justicia haga lugar a una medida cautelar autosatisfactiva para que Google elimine los resultados de búsqueda de unos memes de una clienta. Esa sería otra estrategia que se podría utilizar para el caso de Castro", dijo el abogado.

La difusión de las imágenes de Castro fue inmediata y masiva. Por eso vale preguntarse si es es posible condenar a todos los usuarios que las compartieron en las redes. "Si bien es inviable 'culpar' a todos por la difusión y viralización de las fotos, en la práctica se trata de lograr una sentencia ejemplificadora. Es decir, que la Justicia se expida al menos por un caso de todos los que colaboran con la difusión", añadió.

El artículo 71 bis de la Ley N°6128 habla sobre la difusión no autorizada de imágenes o grabaciones íntimas y establece multas, horas de trabajo comunitario o días de detención para quienes envíen material íntimo sin consentimiento.

"Quien difunda, publique, distribuya, facilite, ceda y/o entregue a terceros imágenes, grabaciones y/o filmaciones de carácter íntimo sin el consentimiento de la persona y a través de cualquier tipo de comunicación electrónica, de trasmisión de datos, páginas web y/o a través de cualquier otro medio de comunicación, siempre que el hecho no constituya delito, es sancionado con una multa de cuatrocientas (400) a mil novecientas cincuenta (1950) unidades fijas o cinco (5) a quince (15) días de trabajo de utilidad pública o con tres (3) a diez (10) días de arresto", indica el texto publicado en enero de 2019.

¿Qué pasa cuando te llegan fotos intimas por WhatsApp?

"Borralas porque podés tener un problema", advierte Monastersky. Hay agravantes, como por ejemplo si se trata de un menor de edad o si hubo un vínculo afectivo.

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