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Ex Bandana pidió indemnización y terminó pagándola ella

Virginia da Cunha, la ex integrante de “Bandana”, denunció a los buscadores de Internet Google y Yahoo por daños y perjuicios, pero la Justicia no consideró que las empresas hayan estado en falta y falló en contra de la cantante.

"Si bien no hemos sido notificados, hemos tomado conocimiento del fallo y estamos muy satisfechos con la decisión de la Cámara. Es fundamental para el futuro de Internet en la Argentina, ya que claramente establece que los buscadores no son responsables por el contenido de terceros y recoge criterios de responsabilidad hoy aceptados internacionalmente,” sentenció María Baudino, Gerente de Asuntos Jurídicos de Google en la Argentina.

La Justicia culminó con la demanda y decidió revocar la medida de primera instancia de hacer responsables a los buscadores por daños provocados por sitios de terceros.

Asimismo, constituyó que las empresas “solamente podrán ser responsables por los daños y perjuicios provocados por sitios de terceros en la medida en que sean negligentes en bloquear resultados manifiestamente y ostensiblemente ilegales que hayan llegado a su conocimiento por los medios pertinentes”.

De tal modo, modificó la orden de continuar bloqueando sitios infamantes disponiendo que los buscadores estarán obligados a hacerlo solamente en la medida en que la actora les comunique los sitios web con contenido ilícito o que considere perjudiciales.

“No basta que la información o el contenido existente en la web y encontrado a través de los buscadores sea erróneo o aun lesivo para el honor, la imagen o la intimidad de una persona para que ésta tenga derecho a que le sea reparado el perjuicio causado. Comprobado el exceso o la illegalidad, quien pretende el resarcimiento debera demostrar la culpa o negligencia en que incurrió el buscador conforme al regimen general de responsabilidad por el hecho propio ” adhirieron a la sentencia y destacaron la necesidad de “hacerse lugar a los agravios vertidos por las demandadas (Google y Yahoo) y en consecuencia revocarse la sentencia de primera instancia en tanto condena a las mismas a abonar a la actora (Da Cunha) la indemnización”.