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Movilidad jubilatoria: cuánto perdieron por los cambios aplicados por Mauricio Macri y Alberto Fernández

La modificación de la fórmula a fines de 2017 junto a los aumentos por DNU que se aplican desde 2020 le produjeron una pérdida de entre el 5% y el 13% a los haberes.

Los jubilados y pensionados están percibiendo sus haberes con una quita nominal de entre un 5% y un 13% debido a la aplicación retroactiva del cambio de la fórmula de movilidad en 2018 – durante el Gobierno de Mauricio Macri- y en 2020, con Alberto Fernández, con la suspensión también retroactiva de la movilidad.

Debido a esto, acumulan una diferencia en menos, con derecho a una retroactividad entre marzo de 2018 hasta la actualidad, de entre $ 10.221 para los que perciben la jubilación mínima y de $ 138.451 para la jubilación máxima.

Los cálculos son del abogado y especialista en Seguridad Social, Guillermo Jáuregui, quien tomó en cuenta que la ley 27.426, aprobada a fin de 2017, se “salteó” el aumento del 14% que había sido devengado- porque correspondía al segundo semestre de 2017. A eso se agrega que la ley 27.541 de Emergencia -aprobada en los primeros días del mandato de Alberto Fernández- que suspendió este año los aumentos de marzo (11,56%) y junio (10,9%), que también estaban devengados porque correspondían al segundo semestre de 2019.

Los números de Jáuregui indican que, desde junio, quienes perciben el haber mínimo están cobrando $ 16.864 cuando deberían cobrar $ 17.759. Una diferencia en menos de $ 895, o un 5% menos. Quienes en marzo de 2018 ganaban $ 20.000 y cobran en la actualidad $ 43.071, la diferencia en menos es de casi 11%, equivalente a $ 5.272. En tanto, el haber máximo, en junio de $113.479, debería ser de $ 130.107. Una diferencia en menos de casi 13% equivalente a $ 16.628. Las diferencias porcentuales obedecen al achatamiento de los haberes, según informa Clarín. 

Como estas diferencias se inician en marzo de 2018 y se profundizan en marzo de 2020, las diferencias nominales retroactivas –sin el ajuste de intereses—llega a los $ 10.221 para los del haber mínimo, a entre $ 45.894 y $73.865 para haberes medios y de $ 138.451 para el haber máximo. Y van a ir agrandándose mientras no sean reconocidas y canceladas.

Estos cálculos no toman en cuenta la pérdida real de los haberes por haber recibido aumentos inferiores a la inflación –del 20% hasta diciembre de 2019-- sino exclusivamente la quita que sufrieron por no recibir en marzo de 2018 y en marzo y junio de 2020 los aumentos que correspondían por las fórmulas devengadas.

La aplicación retroactiva del cambio de movilidad en marzo de 2018 fue declarada inconstitucional por la Sala III de la Cámara de la Seguridad Social en el fallo Fernández Pastor y cuenta con dictamen favorable de Victor Abramovich, Procurador Fiscal ante la Corte Suprema.

De acuerdo al Procurador, “en función del principio constitucional de irretroactividad de las reglas de movilidad previsional y de la teoría de los derechos adquiridos en esta materia”, Fernández Pastor “tiene derecho a que se actualice su haber jubilatorio en el período julio–diciembre de 2017 que se consolidó objetivamente en el período regido por la vigencia de la ley 26.417."

"Así, el haber jubilatorio, integrado con dicha actualización, ingresó al patrimonio del actor como un derecho adquirido en diciembre de 2017, aun cuando la fecha de cobro se fijara para el mes de marzo del año siguiente”.

Con la suspensión de la fórmula de movilidad prorrogada hasta fin de año, y los aumentos por decreto achatando la pirámide previsional (mayores aumentos a los que menos cobran en detrimento de los haberes medios y altos), luego de la pérdida del 20% que sufrieron todos los jubilados durante la gestión de Macri, la Defensoría de la Tercera Edad promovió una demanda colectiva y se presentaron reclamos individuales contra la suspensión retroactiva de la movilidad.

Con la cuarentena no es posible iniciar demandas judiciales, pero se descuenta que cuando se reinicie la atención al público, habrá un mayor número de presentaciones individuales.

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