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ANMAT prohibió el uso y venta de dos insumos médicos por falta de registro

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica suspendió en todo el país dos productos utilizados en cirugías nasales y procedimientos electroquirúrgicos. La medida se tomó tras comprobar que carecían de autorización sanitaria y documentación respaldatoria.


La ANMAT avanzó con la prohibición del uso, comercialización y distribución de dos insumos médicos luego de inspecciones realizadas en agosto de 2025 en las sedes de Biopolímeros SA y G. E. Lombardozzi SA, ubicadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La medida se oficializó mediante la disposición 106/2026 y se mantendrá hasta que las empresas puedan acreditar los registros correspondientes.

Los productos afectados son:

  • Electrodo Monopolar ARROW tip – Esterile EO – Sutter – REF 36 44 42

  • Yeso Nasal Termo Moldeable – AQUAPLAST

Durante las inspecciones, se constató que ambos productos no contaban con registro sanitario ni documentación que acreditara fabricante o importador en el país. En el caso del yeso nasal, la empresa presentó una factura de compra, pero no pudo justificar la procedencia ni su autorización legal; en el caso del electrodo monopolar, directamente no existían documentos que respalden su legalidad.

ANMAT verificó además que existen productos similares debidamente registrados, como el PM 1842-399 para contención nasal postquirúrgica y electrodo monopolar PM 1218-74 para procedimientos electroquirúrgicos, lo que confirma que los artículos intervenidos requieren autorización previa.

La Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud recomendó la prohibición preventiva y notificó a las autoridades sanitarias competentes. El organismo fundamentó la medida en la protección de los usuarios, dado que se trata de productos sin registro sanitario cuya calidad, seguridad y eficacia no pueden garantizarse, configurando un incumplimiento a la Ley 16.463.

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