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Alquileres, inflación y crisis económica: cuánto aumentan los contratos trimestrales tras el dato del IPC de marzo

Aquellos inquilinos que deban renovar su alquiler con esta modalidad tendrán que afrontar un alza de más del 50% a partir de abril.


En abril, los inquilinos que firmaron a principios de año un contrato de alquiler con actualización trimestral por inflación, pagarán un 51,6% más, tras conocerse el índice de precios al consumidor en lo que va de 2024.

Tras la derogación de la Ley de Alquileres, los nuevos contratos de alquiler ya no rigen por el Índice para Contratos de Locación (ICL) que elabora el Banco Central, sino que las actualizaciones de los precios están atadas de forma bimestral o trimestral a la inflación o el método de indexación que decidan las partes.

De esta manera, si una persona firmó un contrato el 1° de enero con actualización trimestral por inflación tendrá que pagar un monto 51,6% superior al actual.

En tanto, los contratos vigentes antes de la derogación de la ley son respetados hasta su fecha de vencimiento. Esto significa que mientras el acuerdo esté vigente, todos los términos y condiciones se aplicarán hasta el momento de su finalización.

En ese sentido, aquellos que alquilaron bajo la ley tendrán que afrontar subas cercanas al 196,7% anual en los valores a pagar. De esta manera, abril anotó otro récord para el Índice de Contratos de Locación (ICL) del BCRA sobre la base de la inflación y los salarios. Esta fórmula se aplica únicamente a los alquileres iniciados entre el 1° de julio de 2020 y el 17 de octubre de 2023.

Alquileres: cuánto va a aumentar si firmé un contrato trimestral

El INDEC informó que la inflación acumulada en los primeros tres meses del año fue de 51,6%. Así, los nuevos valores para renovar el contrato trimestral de alquiler serán:

Si en enero, el contrato fue pactado por tres meses con actualización por la inflación y se firmó por $400.000, en abril, el valor llegará a $606.400 mensuales.


De qué se trata la propuesta para regular el alquiler temporario en CABA

En tanto, una entidad que nuclea a los inquilinos de Buenos Aires presentó un proyecto de ley para regular el alquiler temporario de viviendas en CABA.

La propuesta busca complementar la ley 6255, que obliga a que los inmuebles vacíos sean inscriptos en un registro público. Según la entidad, en la actualidad ese requisito no se cumple: de 35.000 viviendas ofertadas en la plataforma solo están registradas 400.


El proyecto abarca a alquileres que van desde una noche hasta tres meses. Las claves son:

  • Establecer un régimen de licencias para comercializar viviendas en alquiler por plataformas.
  • Otorgar hasta 1400 licencias para toda la Ciudad de Buenos Aires.
  • Solo podrán percibir licencias los propietarios que sean dueños de hasta dos viviendas.
  • Se prohíbe el alquiler temporario en barrios no turísticos

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