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COLECTIVOS

Las empresas de subtes, colectivos y recolección de basura deberán garantizar niveles mínimos de servicios ante medidas de fuerza gremiales

El decreto adhiere a las modificaciones de la Ley de Modernización Laboral 27.802 que determina qué sectores revisten carácter de "esencial" y cuáles representan "actividades de importancia trascendental", e impone la obligatoriedad de prestar servicios mínimos que van del 50% al 75%. De esta manera, la norma evita la interrupción total de las prestaciones frente a conflictos sindicales.