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Social 21: Carta abierta a Cristina Fernández de Kirchner

Como es sabido, la recaudación tributaria es una función pública -no un servicio- irrenunciable e indivisible del Estado.

Nos dirigimos a la máxima autoridad legislativa de la Nación por un grave atropello contra el Estado y el Pueblo que tiene al intendente de Berisso, Fabián Cagliardi, como principal responsable. En su cuarta sesión ordinaria, el Consejo Deliberante de dicho municipio aprobó el llamado a licitación pública (expdte. N° 4012-2696/2020) para contratar una empresa privada que realice el cobro de impuestos municipales y obtenga el 30% de la recaudación como ganancia por “prestación de servicio”.

Como es sabido, la recaudación tributaria es una función pública -no un servicio- irrenunciable e indivisible del Estado, atribuida por la Carta Magna y la Constitución de la Provincia de Buenos Aires. El poder ejecutivo no está facultado para disponer libremente del crédito ni derogar su obligación tributaria, teniendo la recaudación como finalidad excluyente satisfacer las necesidades de la comunidad. Por tanto, es inconcebible desviar fondos del erario público para satisfacer negocios privados (Art. 4, 16, 17, 19 y 75 inc. 1º y 2º de la Constitución Nacional).

Alegar incapacidad para cobrar tributos es un argumento inaceptable que no justifica bajo ninguna razón delegar esa obligación monopólica que detenta el Estado. (Art. 100 inc. 7° de la Constitución Nacional y art. 144 inc. 9° de la Constitución de la Pcia. de Bs. As.). A su vez, es falso suponer que la tercerización signifique un aumento en la recaudación, por el contrario, si la remuneración de la empresa cobradora es de un 30% de lo recaudado, implica que las tasas aumentarán en la misma proporción. Con lo cual, en un contexto de pandemia y recesión económica mundial, es lógico deducir que la población contribuyente se reducirá al no poder afrontar un nuevo aumento.

La privatización del sistema de cobranza de tasas es inconstitucional y pone en peligro a todos los ciudadanos de Berisso. ¿Con qué legitimidad se arroga un empresario privado la potestad de determinar quién le debe al Estado y cuánto? La determinación y recaudación de tasas, que realizan las empresas tercerizadas sobre deudas no prescriptas -hasta con multas y recargos-, violan el secreto fiscal que protege la información de los contribuyentes (Art. 43 de la Constitución Nacional). Este aprovechamiento ilícito de prerrogativas estatales es un avasallamiento en contra del Pueblo, que está indefenso frente a estas viejas prácticas fraudulentas. No podemos desconocer fines especulativos, relacionados al negocio inmobiliario, detrás de este tipo de operaciones. La crueldad con la que grandes millonarios se benefician de las crisis económicas, despojando a nuestro humilde Pueblo trabajador de sus escasos bienes, no responde a la ambición de lucro, sino al sometimiento político. Cualquier parecido al modus operandi de los fondos buitres no es mera coincidencia.

Achicar el Estado es achicar la Nación.

Laura Barrionuevo (Presidenta Social 21, La Tendencia)

Bárbara Solernou (Consejo de Fábrica Astillero Río Santiago), Pablo Anastasio (Peronismo Siglo XXI), Mariela Gutiérrez (Agrup. Política y Social Mil Flores), Nicolás Rodríguez (Mesa Nacional Liberación Popular BCRA), Isabel Almada (Géneros en Lucha), Gustavo Lahoud (Unidad Popular - La Voz de las Comunas, Radio Asamblea), Olga Beatriz Fontana Román (Asociación Civil Activar, Lanús), Raúl Fister (Agrup. Esperanza, Patria y Libertad), Mónica Schlotthauer (Cuerpo Delegados Línea Sarmiento), Jorge Ernesto Conte (El Termómetro, FM Popular), Alejandra Basso (ATE Cuerpo Delegades - Min. de Desarrollo Territorial y Hábitat), Javier Caccavelli (Mesa Nacional Liberación Popular - CNEA), Tomás Duplatt (Agrupación Jorge Sábato – UNSAM).

 

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