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Los detalles del decreto que oficializa la vuelta de bares, restaurantes y la construcción privada en la Ciudad

Bares y restaurantes pueden ofrecer el servicio con previa reserva, cupos limitados, uso de tapaboca, alcohol en gel y solo en platos individuales.

Como estaba previsto, el Gobierno Nacional autorizó la gastronomía al aire libre y la construcción en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las oficializaciones -con sus respectivos protocolos- fueron comunicadas este jueves en el Boletín Oficial, pese al aumento de casos de coronavirus.

En el marco de las medidas de flexibilización tomadas dentro del decreto vigente de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, a través de la Decisión Administrativa 1600/2020 el Poder Ejecutivo habilitó “la actividad gastronómica al aire libre, exclusivamente en vereda, calzada u otros sectores del espacio público, sin el uso de espacios o salones interiores, patios interiores, terrazas jardines o similares, a desarrollarse en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. De esta forma, las personas afectadas a dicha actividad quedan exceptuadas de la cuarentena.

Los lugares al aire libre a utilizar deberán estar habilitados a tal fin. Por el momento, bajo ningún punto de vista podrá brindarse servicio alguno en los salones internos de los establecimientos gastronómicos. Solo se permitirá el ingreso para el uso de sanitarios.

El texto oficial de Jefatura de Gabinete de la Nación se publicó junto al protocolo que se deberá respetar para desarrollar la actividad con la mayor precaución posible para prevenir nuevos contagios: los cocineros, mozos y demás personal perteneciente al rubro se les controlará la temperatura previo al ingreso a los establecimientos; deberán mantener la higiene personal y desinfectar el lugar con alcohol antes y después de atender; y mantener una distancia social de 1,5 metros con el cliente con demarcación visible, para puestos de trabajo como cajeros y mesones de atención.

A su vez, los locales deberán poner a disposición del público, alcohol en gel o sanitizante en los accesos y solo podrán ofrecer el servicio con reserva anticipada de la mesa “a fin de planificar la cantidad de comensales desde el día anterior previendo un tiempo prudente de permanencia en el espacio para cada cliente/reserva y cumplimiento del distanciamiento social”.

Al momento de la reserva, al cliente se le deberá informar las condiciones: tiempo de tolerancia, horarios de atención, menú disponible y cantidad máxima de personas por cada reserva. El menú deberá exhibirse en carteles, atriles o pizarras, dispuestos en el exterior del local, y la carta presentada en formato digital descartable o plastificada “para facilitar su desinfección”.

El tapaboca es de uso obligatorio durante la permanencia en el lugar, solo podrán quitárselo al momento de la ingesta de alimentos y/o bebidas. Otro punto importante en el protocolo que demanda la nueva normalidad es que solo se servirán platos a la carta “en porciones individuales”.

La distancia entre las mesas deberá ser como mínimo de 2 metros y la distancia entre los comensales, de ser posible, deberá ser de 1,5 metros. Las mesas deberán ser como máximo para una capacidad de cuatro personas y deberán limpiarse y desinfectarse luego de que se retire cada comensal y previo a que se siente uno nuevo por el personal del lugar que estará organizado en grupos de trabajo para facilitar el distanciamiento.

Además, a través de la Decisión Administrativa 1604/2020, el Poder Ejecutivo oficializó el regreso de la obra privada a la Ciudad de Buenos Aires. La medida habilita a las personas “afectadas a la actividad de construcción de obras de más de 5.000 m² y de aquellas obras que se encuentren a 90 días de su finalización”.

Al igual que en el resto de los rubros que se fueron flexibilizando a lo largo de los últimos meses, en la construcción privada también se deberá garantizar “modos de trabajo y de traslado que garanticen medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio de COVID-19″.

Por ello, los empleadores deberán garantizar el traslado de los trabajadores, sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros.

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