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Los detalles de la reforma laboral que volvió a entrar en vigencia después del fallo de la Cámara

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dejó sin efecto la cautelar que había frenado parte de la reforma laboral impulsada por el Gobierno de Javier Milei. De este modo, más de 80 artículos de la ley 27.802 vuelven a aplicarse, con cambios clave en contrataciones, salarios e indemnizaciones.

 

Tras el fallo judicial, la reforma laboral recuperó plena vigencia luego de haber estado parcialmente suspendida por una presentación de la CGT. La normativa, promulgada a comienzos de marzo, introduce modificaciones de peso en el mercado laboral.

Entre los puntos centrales, se destacan cambios en el esquema de indemnizaciones por despido. La nueva normativa reduce la base de cálculo al excluir conceptos como aguinaldo, vacaciones, premios o propinas. Además, fija límites: la base no podrá superar tres veces el salario promedio del convenio correspondiente, aunque tampoco podrá ser inferior al 67% de ese valor. En cualquier caso, la indemnización mínima seguirá siendo equivalente a un mes de sueldo.

A su vez, se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un sistema financiado con aportes patronales de entre el 1,5% y el 2,5% de los salarios. Este fondo funcionará como alternativa para afrontar las desvinculaciones y será administrado por entidades autorizadas, sin responsabilidad directa del Estado.

Otro de los cambios relevantes es la implementación del “banco de horas”, un mecanismo optativo que permite compensar horas extra con períodos de descanso. Este sistema deberá acordarse por escrito y garantizar el cumplimiento de los descansos legales, incluyendo un mínimo de 12 horas entre jornadas y 35 horas semanales.

En materia salarial, la reforma introduce el concepto de “salario dinámico”, que puede establecerse tanto por tiempo trabajado como por productividad. También habilita el pago en distintas modalidades: en pesos, moneda extranjera o incluso en especie.

Respecto a las vacaciones, se mantiene la posibilidad de fraccionarlas, siempre que uno de los períodos no sea inferior a siete días. Además, el empleador deberá garantizar que cada trabajador pueda tomarse vacaciones en temporada de verano al menos una vez cada tres años.

Con esta decisión judicial, el Gobierno logra reactivar una de sus principales apuestas en materia económica, en un contexto marcado por tensiones con los sindicatos y cambios en el empleo formal.

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