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Ley de Alquileres: la modificación tendría su sanción definitiva la semana que viene en Diputados

El oficialismo buscará aprobar el texto con modificaciones que viene del Senado. Desde JxC, insistirán con la redacción original que la Cámara baja aprobó el mes pasado. 


Luego de largos meses de debate y de una ley que fracasó y generó caos en el mercado inmobiliario y en la problemática habitacional, la reforma de la ley de Alquileres tendría su sanción definitiva la semana que viene. Sin embargo, la falta de mayorías claras deja un escenario con final abierto.

A fines de agosto, la oposición había logrado la media sanción de un proyecto que proponía, entre otros puntos, volver a los contratos de dos años con actualizaciones cada cuatro meses. Sin embargo, cuando ese texto llegó al Senado el oficialismo hizo valer su mayoría e introdujo cambios fundamentales, entre los que se destacan los contratos por tres años y la actualización cada seis meses.

Por lo tanto, el proyecto volvió a la Cámara de origen. Y ahora los diputados tendrán dos opciones: aprobar el proyecto con modificaciones que viene del Senado o insistir con la redacción original.

El Frente de Todos, que en Diputados proponía inicialmente no modificar el núcleo de la ley vigente (contratos de tres años y actualización anual), consideró que el proyecto que llegó del Senado es “superador” y por lo tanto buscará darle sanción definitiva el martes que viene.

Según pudo saber Infobae, el oficialismo contará con el apoyo de los cuatro diputados del Frente de Izquierda y dos diputados misioneros de Provincias Unidas. En total 124 votos. No obstante, aún intentan convencer a los dos diputados rionegrinos ya que, a pesar de que ambos acompañaron la iniciativa original de Juntos por el Cambio, su jefe político, el gobernador electo Alberto Weretilneck, votó con el oficialismo en el Senado.

Por su parte, Juntos por el Cambio tendría de su lado a cuatro diputados del Interbloque Federal y dos del bloque SER (122 votos).

Teniendo en cuenta que los libertarios (3) de Javier Milei adelantaron a Infobae que mantendrán su posición de rechazo a ambas iniciativas, porque consideran que la derogación total de la ley es la única opción aceptable, y que otros dos diputados del interbloque Federal (Alejandro “Topo” Rodríguez y Natalia De la Sota) confirmaron que se abstendrán, los votos de los dos socialistas, el gobernador electo de Neuquén Rolando Figueroa y los dos rionegrinos terminarán de inclinar la balanza.

“La iniciativa de Diputados es la más adecuada porque da libertad para elegir el índice de indexación. Si defeccionan Weretilneck y Milei vamos a tener una ley que redactó Cristina Kirchner en el Senado”, dijo Juan Manuel López, de la Coalición Cívica, para aumentar la presión sobre los diputados en duda.

Si bien el oficialismo aún no decidió si incluirá el tema en la sesión prevista para el próximo martes, en la bancada que conduce Germán Martínez creen que si no lo hacen ellos, lo hará la oposición.

Qué proponen los dos proyectos

Los puntos clave del proyecto promovido por el oficialismo incluye: mantenimiento de contratos por tres años, ajustes semestrales en lugar de anuales, aplicación del índice Casa Propia, que considera el menor índice entre la variación salarial y la inflación del último año. Actualmente, se utiliza el Índice de Contratos de Locación (ICL) del Banco Central, contratos en pesos e incentivos impositivos para propietarios que alquilen sus viviendas.

Por su parte, el proyecto aprobado originalmente en Diputados determinaba que los ajustes al valor del alquiler se podrán realizar por “intervalos no inferiores a los cuatro (4) meses”. Y aclara: “Las partes deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y/o el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) o una combinación de dichos índices, según las partes acuerden”.

El plazo mínimo del contrato será de dos años y se considerará de ese plazo si su duración no está estipulada, pero el inquilino o locatario puede renunciar a ese plazo, en caso de preaviso, bajo ciertas condiciones.

Por otro lado, en caso de vivienda habitacional, no puede exigirse al inquilino o locatario el pago de alquileres anticipados ni depósitos de garantía superiores a un mes. Tampoco podrá exigirse un pago de “valor llave o equivalente” ni la firma de pagarés “o cualquier otro documento que no forme parte del contrato original”.

Como incentivos para la reactivación del mercado de alquileres, el proyecto propone exenciones al monotributo para aquellos propietarios que “no realicen más de tres actividades simultáneas o no posean más de tres unidades de explotación”, y aclara además que en el caso de la actividad de locación de inmuebles, mediante contratos debidamente registrados, se considera como una sola unidad de explotación independientemente de la cantidad de propiedades afectadas a la misma”.

Otro estímulo es la exención del pago del impuesto a los Bienes Personales sobre los bienes ofrecidos en locación “para casa-habitación, con contratos debidamente registrados”, aunque con tope a determinar según el valor de los contratos vigentes.

También se exime del pago del impuesto al cheque las operaciones bancarias “utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad de locación de inmuebles con destino casa - habitación, cuyos contratos se encuentren debidamente registrados”.

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