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Las licencias no automáticas son violatorias del Mercosur

* Carlos Canta Yoy. La única solución al problema planteado con las restricciones a la importación es obvia: es imprescindible cumplir con el derecho.

Las licencias previas no automáticas no deben aplicarse en el marco del Tratado de Asunción que creó el Mercado Común del Sur (Mercosur), que integran Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay. Y si son aplicadas, lo serán en violación a ese acuerdo.

Adicionalmente, así lo estableció con claridad el primer fallo del Tribunal Arbitral del Mercosur, en una controversia planteada por la Argentina contra Brasil por la adopción en este último país de tales medidas restrictivas. Hoy, la situación parece ser la inversa.

Invariablemente, las normas argentinas que violan el Mercosur hacen alusión a las normas de la Organización Mundial de Comercio (OMC) y se fundamentan en ellas y no en las propias del Mercosur. Esto es totalmente explicable: las normas de la OMC son la regla general y el Mercosur es la excepción. Lo que puede aplicarse a cualquier miembro de la OMC puede no ser aplicable a los países del Mercosur, aun cuando los mismos sean miembros de la OMC.

Es este precisamente el caso que nos ocupa. Mencionar la normativa del Mercosur invalidaría la adopción de la medida. Debería, entonces, agregarse un artículo a la norma pertinente que exonere de la disposición a las mercaderías originarias y procedentes de países del Mercosur.

No más de 30 días. La OMC dispone, en cuanto a la aplicación de las licencias previas, que deben observar un procedimiento transparente y administrado de modo justo y equitativo, para que de tal forma se evite convertir el régimen en una restricción no justificada y contraria a las corrientes comerciales.

Normalmente se afirma que el plazo para los trámites de las licencias es de 60 días. En realidad, no es así. El plazo no puede ser, en principio, superior a los 30 días, "excepto cuando ello sea imposible por razones que no dependan del Estado", si las solicitudes se examinan a medida que se reciben, lo cual significa que se tramitarán por el orden cronológico de su presentación.

Tampoco será superior a 60 días si todas las solicitudes se examinan en simultáneo. La paradoja es que, en la Argentina, las solicitudes de licencias se examinan una por una, lo cual las incluye dentro del plazo de 30 días y no de 60.

En definitiva, las licencias previas no automáticas son violatorias del Mercosur y hasta de la OMC, según se están aplicando. Ello amerita que en muchos casos presentados ante la Justicia, la autoridad judicial resuelva haciendo lugar al reclamo y ordenando a la Aduana que permita la importación sin la existencia de la correspondiente licencia. En una palabra, impera el derecho, como debería ser siempre.

Podemos agregar que muchos posibles demandantes no ejercen su derecho por temor a represalias. Como en mayor o en menor medida la mayoría tiene cola de paja, no puede resistir una inspección de 10 ó 20 agentes que, al mismo tiempo, le dan vuelta la papelería de la empresa.

Conflictos con Brasil. Las diferencias con Brasil han sido recurrentes una y otra vez en la historia de los 20 años del Mercosur. Periódicamente surgen y casi siempre son ocasionadas por el proteccionismo que emplea una u otra parte. Como se dijo antes, las licencias previas no automáticas son contrarias al Tratado de Asunción y a fallos del Tribunal Arbitral del Mercosur. No obstante, se aplican tanto en Brasil como, mayormente, en la Argentina. La verdadera causa de los conflictos radica en el incumplimiento de la normativa que libremente los países han dictado.

La única solución al problema planteado con las restricciones a la importación en la Argentina es obvia: es imprescindible cumplir con el derecho. Por supuesto que pueden existir otras soluciones de carácter político. De eso no hablamos.

A nuestro juicio, no es ese el procedimiento correcto, aunque sea posible en algunos casos. No aconsejamos a los países damnificados la adopción de represalias comerciales porque eso significa entrar en una guerra comercial de la cual el país más débil puede ser, a la postre, el más perjudicado.