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Las empleadas domésticas también recibirán el beneficio de $10.000

El beneficio sería tanto para las empleadas formales e informales. 

Tras el anuncio del Ingreso Familiar de Emergencia, el Gobierno aseguró que el ingreso será también para las trabajadoras domésticas registradas por sus empleadores como las no registradas.  Pero solo en el caso de que ningún otro miembro de su grupo familiar cuente con un salario. 

Sin embargo, no se especificó si pueden cobrarlo todas las empleadas o solo aquellas que dejaron de percibir ingresos a partir de la cuarentena. Desde la Anses confirmaron a Infobae que era para todas, formales y informales, aunque no hayan perdido su salario, pero fuentes del Ministerio de Trabajo aseguraron que aún se está trabajando en los detalles finales de la medida y que puede haber modificaciones.

Además de las trabajadoras domésticas cuyos empleadores realizan el aporte de sus cargas sociales mensualmente, se estima que hay un millón de empleadas de casas particulares que están en la inforPor otro lado, solo podrán acceder al ingreso de emergencia siempre que algún miembro de su grupo familiar no perciba ingresos provenientes de un trabajo en relación de dependencia público o privado; de ser monotributista de categoría C o superior o del régimen de autónomos; de una prestación de desempleo; de jubilaciones, pensiones o retiros; de planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales. La excepción son la Asignación Universal por Hijo (AUH) o por Embarazo.

El ingreso familiar de $10.000 se abonará por única vez en el mes de abril, aunque podría ser prorrogado y debe ser solicitado ante la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses).malidad, según cifras de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en base a estadísticas gubernamentales.


Para poder acceder al IFE, los trabajadores y trabajadoras de casas particulares deben cumplir además otros dos requisitos:


- Ser argentino nativo o naturalizado y residente, con una residencia legal en el país no inferior a dos años


- Tener entre 18 y 65 años de edad.

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