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La examante del novio de Florencia Peña los demandará por $500mil

Eliana Mendoza confirmó que inició una querella contra la actriz y Ramiro Ponce de León por "Calumnias e injurias".

El "Poliamor" fue uno de los grandes escándalos mediáticos de 2018. Todo comenzó cuando una modelo salteña llamada Eliana Mendoza, contó que era amante de Ramiro Ponce de León, pareja de Florencia Peña, y allí estalló todo.

La actriz dio la cara, se hizo cargo de que sabía de este affaire y reveló que ella y Ramiro mantenían una relación abierta, en la que tenían "permitidos" sexuales.

Sin embargo denunciaron a Eliana, le pusieron un bozal legal y sugirieron que la modelo quería extorsionarlos por una cifra de alrededor de 60 mil pesos, a cambio de su silencio.

Pasaron los meses y el tema vuelve a estar en el tapete pero por una circunstancia bien diferente: ahora es la salteña quien le inició un juicio a la actriz y al abogado por "Calumnias e injurias" y les pide medio millón de pesos como compensación.

Eliana está haciendo la obra Poliamor en Carlos Paz en el Teatro del Sol 2 y según publicó el portal Elonce.com confirmó que inició la querella y está esperando novedades judiciales.

"Hice una denuncia por calumnias e injurias. Pretendo un resarcimiento económico. Se tiene que llegar a un acuerdo, si no se verá cómo se sigue, iríamos a juicio. Estoy más que segura de que fue ella la que accionó contra mí, más allá de que él dijo que el denunciante fue él", reveló.

Por otro lado, el portal Laubfal.com publicó la demanda completa de Eliana Mendoza contra Florencia Peña y su pareja.

Parte del texto de la demanda:
PROMUEVE QUERELLA POR DELITOS DE CALUMNIAS E INJURIAS. SE CONSTITUYE EN ACTOR CIVIL. SOLICITA MEDIDA CAUTELAR.

Señor Juez: Elizabeth del Milagro Mendoza, DNI ........., por derecho propio, con domicilio en la calle Simón xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx de la ciudad de xxxxxxxxxxcxxxx provincia de xxxxxxxxxxx, junto al patrocinio letrado del Dr. Martín Francolino Stagno, abogado inscripto al Tº 128 Fº 566 C.P.A.C.F., constituyendo domicilio a efectos procesales en calle Maipú 1210 piso 8 de esta ciudad y domicilio electrónico 23228423459, ante V.S. me presento y respetuosamente digo: I.- OBJETO: Con arreglo al art. 73 y cctes. del Código Penal y arts. 7, 82 y cctes. del Código Procesal Penal de la Nación, vengo por medio del presente a iniciar querella contra Ramiro Augusto Ponce de León, DNI .........., y contra Florencia Peña, con domicilio en la calle .............. de esta Ciudad, por los delitos de calumnias e injurias previstos y reprimidos por los arts. 109 y 110 del Código Penal; ello en virtud de las consideraciones que a continuación habré de exponer.
II.- HECHOS: Que desde el mes de septiembre de 2018 Ramiro Augusto Ponce de León y Florencia Peña se han ocupado de vertir en diversos medios de comunicación difamaciones respecto de mi persona, incluida la acusación de que los había extorsionado o había intentado extorsionar por la suma de $ 60.000.El Dr. Bernardo Beccar Varela, quien se presenta en programas de televisión como letrado de los querellados, se ha manifestado en el mismo sentido, claramente por indicación de Ponce de León y Peña.

2 Es necesario aclarar que soy conocida en los medios de comunicación como Eliana Mendoza, siendo que con ese nombre se han proferido las difamaciones, desacreditaciones y acusaciones.Con todo esto, el Sr. Ramiro Ponce de León y la Sra. Florencia pretenden ocultar la naturaleza de la relación que me unió al primero hasta esa fecha, recurriendo por ello al invento de que practican un tipo de relación llamado "poliamor" e involucrándome en la misma.

De las capturas de pantalla de los chats de Whatsapp surge claramente que Ponce de León quería ocultar nuestra relación a los medios de comunicación. Específicamente, me escribió: "Borra tu cel del face", "Bloquea la cuenta x unos días", "Haceme caso", "Y habla c tu amiga", "Q lo baje urgente", "Ok, eliminame", "Es x la prensa", "Segundo, borra tu cel", "Del face también", "X q van a llamarte".Con la misma finalidad me llamó a mi celular mediante WhatsApp y a la línea telefónica una gran cantidad de veces.

Dado que hice caso omiso a sus pedidos y me ocupé de aclarar en los medios de comunicación que el Sr. Ponce de León siempre me había asegurado que yo era su pareja formal y Florencia Peña su amante, comenzaron ambos a difamarme y a acusarme de haberlos extorsionado.

En este sentido, en el programa de televisión "Nosotros a la Mañana" el Dr. Bernardo Beccar Varela expresó: "Estamos evaluando algunas cuestiones vinculadas con dichos agraviantes y otras cosas más graves que se analizan para definir qué pasos seguiremos;. Por ello, se le preguntó por una supuesta extorsión de parte de Eliana a la pareja y no desmintió nada: Es justamente lo que estamos evaluando. Hay cosas técnicas que analizar." "Yo me dedico a familia por eso estamos trabajando en equipo con un colega penal para establecer qué hacer".

De acuerdo a la nota periodística publicada por El Tribuno que se acompaña, el periodista Ángel de Brito dejó de lado el potencial y afirmó la existencia de un intento de canjear silencio por dinero: "Hay una extorsión, le pidieron 60.000 pesos a Florencia Peña o a Ramiro Ponce de León, no voy a dar muchos detalles porque esto está en la Justicia, para que este tema se corte públicamente. Para que no se filtren más audios, videos, fotos, porque hay mucho más material del que hasta ahora mostraron algunos programas.

3 Pero hubo un pedido directo a la pareja de parte de alguien en particular de 60.000 pesos para cortar todo".

Tal como se replica en una nota periodística de Ratingcero, el Dr. Bernardo Beccar Varela dijo en el programa "Los ángeles de la mañana": "Hay cosas que afectan a la intimidad de las personas, cuestiones relacionadas con dichos injuriantes y cosas más graves" y estamos analizando cuestiones penales, que se encargaría Rafael Cúneo Libarona y civiles. En la exhibición de los audios, esta vulnerado del derecho a la intimidad".

Lo cierto es que los $60.000 (pesos sesenta mil) por lo que me acusaron de extorsionar a los querellados se corresponden con el costo de una operación mamaria que Ponce de León, por entonces mi pareja, quería regalarme, tal como se desprende de los chats de WhatsApp y nota periodística que se acompañan. Dicha cirugía iba a llevarla a cabo con los Dres. Patricio Manson y Patricio Manson hijo.

Como si todo ello fuera poco, el Sr. Ponce de León inició una acción legal para censurarme, por lo que mientras él y Florencia Peña continuaban difamándome yo ni siquiera podía defenderme públicamente. Es importante destacar que Ángel de Brito es compañero de trabajo de Florencia Peña en "Showmatch" y el Dr. Bernardo Beccar Varela es abogado de Ramiro Augusto Ponce de Léon.

No olvidemos que los querellados tienen un amplio manejo de los medios y no hay motivo alguno para que Ángel de Brito y el Dr. Beccar Varela realicen estas conductas delictivas por interés propio, resultando evidente que usaron a estas personas para diseminar las acusaciones y difamaciones en los distintos medios de comunicación.

III.- CALIFICACIÓN LEGAL: Que las conductas así descriptas encuadrarían prima facie en las previstas y reprimidas por los arts. 109 y 110 del C.P., siendo constitutivas de los delitos de calumnias e injurias.

Considero que todos estos extremos se encuentran configurados, toda vez que no pueden desconocer el Sr. Ramiro Augusto Ponce de León y la Sra. Florencia Peña que lo manifestado por ellos directamente a personas relacionadas con los medios de comunicación y por intermedio de su abogado, implica de modo indubitable que me han injuriado, desacreditándome así frente a la opinión pública en general.

Asimismo, no puede desconocer que la acusación pública realizada sobre una inexistente extorsión, implica que me han calumniado, con las mismas consecuencias deshonrosas.

Tampoco pueden desconocer que las manifestaciones realizadas ante diversos medios de comunicación llegaron a gran cantidad de personas.

Con sólo conocer la potencialidad agraviante de sus expresiones se configura su responsabilidad penal. De esta manera, se configura claramente el aspecto subjetivo del delito de injurias.

Y en estas condiciones no puede descartarse la configuración del delito de calumnias, al haberme acusado de haber cometido el delito de extorsión.

En el caso, las ofensas fueron emitidas nada menos que hacia una persona pública, ya que soy modelo y conductora de un programa de TV, motivo por el que dichas calumnias e injurias me perjudican en mi trabajo y profesión, generando así en las personas relacionadas a mi laboral y profesionalmente una mala opinión sobre mi persona.

Aunque no es requisito del tipo penal que las expresiones injuriantes sean falsas, lo cierto es que nada de lo que refirieron los querellados es verdad.

Es falso que forme parte de una relación de "poliamor" con Ramiro Augusto Ponce de León ni con Florencia Peña, y es falso que los haya extorsionado o intentado extorsionar por la suma de $60.000 ni por ninguna otra suma de dinero, ni por bienes, ni por ningún concepto.

Por lo expuesto, es claro que los querellados mienten sobre mi persona, desacreditándome deliberadamente.Finalmente, corresponde a la jurisdicción de esta Ciudad entender en la investigación de los delitos denunciados, toda vez que las expresiones calumniantes e injuriantes del Sr. Ramiro Augusto Ponce de León y de la Sra. Florencia Peña hacia mi persona fueron vertidas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

IV.-ACTOR CIVIL. INDEMNIZACIÓN. SU DESTINO: El gravísimo daño moral que me han ocasionado los querellados con sus mendacidades ofensivas y sus falsas acusaciones, deberá ser reparado económicamente. Por lo tanto, en los términos de lo dispuesto por el artículo 87 del C.P.P., solicito se me tenga por actor civil, otorgándoseme la participación legal que por derecho corresponde.

La compensación que pretendo es de $ 500.000 (pesos quinientos mil), ya que V.S. no podrá soslayar que soy una persona pública con una carrera actual y futura en la televisión y medios gráficos y que los agravios 10 me han desacreditado y obligado a recurrir al auxilio de la justicia para obtener la reparación que corresponde de acuerdo a derecho.

Además, pretendo que sean a cargo de los querellados las costas del proceso, ya que el mismo se origina como consecuencia de sus actos.

V.-SOLICITA MEDIDA CAUTELAR: De conformidad con el art. 91 del C.P.P., vengo por el presente a solicitar una medida cautelar para que tanto Ramiro Augusto Ponce de León como Florencia Peña se abstengan de difundir y/o divulgar cualquier noticia, dato, opinión y/o imagen y/o cualquier circunstancia de mi intimidad en medios gráficos, radiales, televisivos y en redes sociales.

A tal fin, solicito que ordene al Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) comunicar la medida cautelar a los diferentes medios de comunicación.

Por expreso imperativo del art. 195 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, manifiesto que los derechos que esta medida tienden a proteger son el derecho a la intimidad, a la privacidad y al honor.

VII.- PETITORIO: 13 En virtud de las consideraciones vertidas ut supra, solicito a V.S.: 1.- Tenga por iniciada la presente querella contra Ramiro AugustoPonce de León y Florencia Peña por los delitos de calumnias e injurias,previstos y reprimidos por los arts. 109 y 110 del Código Penal, y por constituido el domicilio procesal.

2.- Me cite a ratificar la presente denuncia.

3.- Me tenga por constituída en actor civil.

4.- Ordene la producción de las medidas probatorias sugeridas como así también toda otra que considere útil a los fines de la presente investigación.

5.- Condene a los querellados por la comisión de los delitos de calumnias e injurias, como así también al pago de la indemnización solicitada.

Proveer de conformidad, SERÁ JUSTICIA.