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Diana Saettone en la mira: la esposa de Mangeri no tenía "licencia para mentir", dijo el tribunal al ordenar investigaciones penales

La esposa de Jorge Mangeri, amigos, consorcistas, forenses y hasta la titular de una ONG fueron denunciados por el tribunal.

La esposa de Jorge Mangeri, Diana Saettone, amigos, consorcistas, forenses y hasta la titular de una ONG fueron denunciados por el tribunal que condenó al encargado del edificio por el asesinato de Ángeles Rawson, para que sean investigados penalmente por sus declaraciones en el juicio oral.

Si bien los acusadores habían omitido imputar a la esposa del portero, Diana Saettone, por la relación familiar que los une frente a un eventual encubrimiento, el Tribunal Oral Criminal N°9 ordenó investigar a la mujer, al sostener que ella no tenía "una licencia para mentir" cuando declaró como testigo bajo juramento.

"Mentir es indigno. La ley procesal expresamente libera a los familiares directos de la disyuntiva que implica obrar indignamente o perjudicar a un ser querido. Nadie obligó a declarar a Diana Verónica Saettone y cuando ella decidió hacerlo, se le advirtió que no debía mentir y que podía negarse a contestar aquellas preguntas que, a su juicio, pudieran comprometer la responsabilidad de su marido", sostuvo el TOC en su fallo conocido ayer.

En ese marco, los jueces Fernando Ramírez, Ana Dieta de Herrero y Jorge Gettas advirtieron que "no corresponde al Tribunal considerar las razones que la condujeron a mentir pero constatada la mentira corresponde iniciar la causa judicial en la que se determine los alcances de su responsabilidad".

El tribunal también ordenó investigar a Cecilio Antonio Saettone, primo político de Mangeri y ex policía; a amigos del condenado -Jorge Osvaldo Meninguelli y Liliana Graciela Mayorga- por una serie de comunicaciones con el portero; y a dos integrantes del consorcio -Pablo Ezequiel Bazán Domínguez y Juan Manuel Cesaretti- por no haber aludido al hostigamiento de Mangeri hacia las mujeres.

La lista de denunciados por el tribunal incluyó al perito forense de la defensa Oscar Méndez, por su declaración "esquiva, ambigua y contradictoria" y por haber aludido a una hipótesis "sadomasoquista" en el crimen; y a la titular de la agrupación Avivi, María Elena Leuzzi. Según el tribunal, Leuzzi fue a la casa de la adolescente al día siguiente de su desaparición y ante los medios habló del entorno familiar de la víctima "de manera impiadosa".

"El Tribunal tiene claro que María Elena Leuzzi procuró involucrarse en el caso y recabar información. El único valor objetivo de su testimonio radica en describir una situación de desborde y angustia en el entorno familiar de Ángeles Rawson y la presencia en el lugar de las llaves de la terraza", sostuvo.

"Todo lo demás no son más que inferencias y apreciaciones que la testigo formuló inequívocamente dirigidas a favorecer la tesis de la defensa" y "promocionadas" desde algunos medios televisivos, agregó.

En ese sentido, el fallo advirtió: "No corresponde al Tribunal hacer públicas las valoraciones morales que sus integrantes puedan realizar de la actitud de María Elena Leuzzi, de quienes la manipulan y se favorecen con su actividad o la de quienes carecen de límites éticos o morales en el manejo de los medios de comunicación. Lo que sí corresponde es señalar que el testimonio de María Elena Leuzzi es absolutamente irrelevante y carece de interés para este juicio"