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CUD y transporte público: qué cambia y qué se mantiene

Es importante aclarar que esta nueva modalidad no reemplaza el sistema vigente: convive con él. Quien prefiera seguir presentando el CUD en formato físico puede continuar haciéndolo con normalidad. Lo que se incorpora es una alternativa adicional.

El Certificado Único de Discapacidad (CUD) es la llave de acceso a uno de los derechos más utilizados en el día a día: viajar de forma gratuita en el transporte público terrestre. En las últimas semanas se conocieron dos novedades que modifican distintos aspectos de este beneficio —una vinculada a la forma de acreditarlo, otra al modo en que se financia—. Repasamos ambas, con la información oficial disponible hasta el momento.

 

Ahora se puede viajar solo con la tarjeta SUBE

Desde el 19 de junio, las personas con discapacidad pueden viajar con el 100% de descuento en colectivos y trenes utilizando directamente su tarjeta SUBE, sin necesidad de presentar el CUD en cada viaje. La medida fue anunciada el 12 de junio por quien entonces era jefe de Gabinete, Manuel Adorni —cargo que hoy ocupa Diego Santilli—, y se implementa de forma progresiva: comienza en los servicios de jurisdicción nacional, con la expectativa de extenderse al resto del país.

Es importante aclarar que esta nueva modalidad no reemplaza el sistema vigente: convive con él. Quien prefiera seguir presentando el CUD en formato físico puede continuar haciéndolo con normalidad. Lo que se incorpora es una alternativa adicional, pensada para simplificar el trámite cotidiano y reducir el uso de documentación en papel.

 

Cómo vincular el CUD a la SUBE

El trámite de vinculación está disponible desde el 16 de junio y se realiza en cuatro pasos: primero, registrar la tarjeta SUBE en el sitio oficial de SUBE (si ya está registrada, se pasa directamente al segundo paso); segundo, ingresar a la cuenta personal y dirigirse a la sección "Beneficios"; tercero, cargar el número de CUD, compuesto por diez dígitos; y cuarto, activar el beneficio mediante alguna de estas opciones: apoyar la tarjeta en una Terminal Automática SUBE, usar la app SUBE (opción "Acreditá o consultá saldo" → "Ver Saldo", apoyando la tarjeta en la parte trasera del celular, disponible para Android 6 o superior con NFC), o activar el beneficio directamente en la validadora del colectivo, informando al conductor.

Cuando el beneficio incluye acompañante, el descuento del 100% queda asociado a la misma tarjeta SUBE de la persona con discapacidad, y el procedimiento de activación debe repetirse para registrar cada pasaje por separado. En el caso de los trenes, hay que apoyar la tarjeta al inicio (check-in) y al finalizar el recorrido (check-out). Un dato útil: cada tarjeta SUBE admite un máximo de dos beneficios asociados, por lo que quien ya tenga otro beneficio vinculado deberá evaluar cuál le resulta más conveniente.

Es importante subrayar, además, que la adhesión no tiene fecha límite: cada persona puede optar por vincular su CUD cuando lo desee, o directamente no hacerlo y seguir viajando con el certificado físico o digital, sin que eso implique perder el beneficio.

 

Cambia el financiamiento de los pasajes gratuitos de larga distancia

La segunda novedad no afecta a quienes viajan en colectivo o tren urbano, sino a quienes utilizan micros de larga distancia. A través de la Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte (firmada el 22 de mayo y publicada el 26 de mayo en el Boletín Oficial), se derogaron las resoluciones 717/2018, 567/2019, 536/2022 y 549/2023, dejando sin efecto el Régimen de Compensaciones Tarifarias que, desde 2018, reintegraba parcialmente a las empresas de transporte automotor de larga distancia el costo de los pasajes gratuitos que la ley las obliga a emitir para personas con discapacidad (Ley 22.431, art. 22), personas trasplantadas o en lista de espera (Ley 26.928) y niños, niñas y adolescentes con tratamiento oncológico (Ley 27.674).

En términos simples: hasta ahora el Estado le devolvía a las empresas una parte del costo de esos boletos. Con la nueva resolución, ese reintegro desaparece y las compañías deben afrontar el costo total con recursos propios.

 

Lo que no cambia: el derecho sigue vigente

El texto oficial de la resolución es explícito en su Artículo 2°: "La presente medida no afecta el derecho a la gratuidad previsto en las leyes 22.431, 26.928 y 27.674 y sus respectivas reglamentaciones ni la obligación de los transportistas de dar cumplimiento a lo dispuesto en dichas normas". Lo que se modifica es exclusivamente el mecanismo de financiamiento hacia las empresas, no el beneficio del usuario. El Artículo 3° encomienda a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) el mantenimiento de los procedimientos para garantizar el cumplimiento efectivo de estas obligaciones por parte de las empresas.

Para acceder al pasaje gratuito en larga distancia, sigue siendo necesario presentar DNI y la documentación que acredite la condición (CUD o credencial INCUCAI, según corresponda), y la solicitud puede hacerse de dos formas: de manera online, a través del Sistema de Solicitud de Pasajes de la CNRT, cargando los datos y la documentación con al menos 48 horas de anticipación; o de forma presencial en la boletería de la empresa, presentando el certificado y el DNI con el mismo plazo mínimo.

 

Recomendaciones prácticas

  • Si viajás habitualmente en colectivo o tren urbano, evaluá vincular el CUD a tu SUBE: simplifica el trámite y evita depender del papel en cada viaje. No hay plazo para hacerlo ni obligación de migrar al nuevo sistema.
  • Si vas a viajar en micro de larga distancia, especialmente en fechas de alta demanda (fines de semana largos, temporada de vacaciones), gestioná la reserva con la mayor anticipación posible.
  • Conservá siempre la documentación que acredita el beneficio (CUD físico o digital, credencial INCUCAI).
  • Si una empresa se niega a otorgar el pasaje gratuito, o un colectivo no acepta el CUD físico ni la acreditación por SUBE, se trata de un incumplimiento que puede denunciarse ante la CNRT: línea gratuita 0800-333-0300 (lunes a viernes de 8 a 20 h), o de forma presencial en Maipú 88, CABA, o en las delegaciones regionales del organismo.
  • Para consultas específicas sobre el CUD, la Secretaría Nacional de Discapacidad atiende al 0800-555-3472, de lunes a viernes de 8 a 18 h.

 

Fuentes: Boletín Oficial de la República Argentina, Resolución 28/2026 (RESOL-2026-28-APNST#MEC), Secretaría de Transporte, Ministerio de Economía; comunicados oficiales de la Secretaría Nacional de Discapacidad (SENADIS) y la Secretaría de Transporte publicados en argentina.gob.ar; sitio oficial de SUBE (argentina.gob.ar/sube).

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