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Cuándo empieza la veda electoral y qué estará prohibido

Desde reuniones hasta venta de alcohol, lo que no se puede hacer para asegurar elecciones transparentes.


El próximo domingo 18 de mayo, los porteños acudirán a las urnas para elegir a sus legisladores. Sin embargo, la jornada electoral no termina ahí: el domingo 26 de octubre volverán a votar, esta vez para elegir diputados y senadores nacionales. En este contexto, la veda electoral se convierte en un elemento crucial para asegurar la transparencia del proceso.

La veda comenzará 48 horas antes de la votación y finalizará tres horas después del cierre de las urnas. Para las elecciones legislativas porteñas, esto significa que se activará el viernes 16 a las 8:00 y se extenderá hasta el domingo 18 a las 21:00.

 

¿Qué está prohibido hacer durante la veda electoral?

Durante este período, el Código Electoral Nacional impone una serie de restricciones para evitar influencias indebidas en el voto de los ciudadanos:

 

  • Reuniones de electores o depósito de armas en un radio de 80 metros alrededor de las mesas de votación.
  • Espectáculos populares, tanto al aire libre como en recintos cerrados, y cualquier tipo de reunión pública no relacionada con el acto electoral.
  • Publicación o difusión de encuestas y proyecciones sobre los resultados de la elección.
  • Entrega de boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos.
  • Venta de bebidas alcohólicas desde 12 horas antes de la elección hasta tres horas después de finalizada.
  • Además, desde 48 horas antes de los comicios, está prohibido realizar actos públicos de proselitismo, así como la difusión de publicidad electoral en medios de comunicación y plataformas digitales.

 

Las consecuencias de violar la veda electoral

Quienes no respeten estas normativas pueden enfrentar sanciones severas. Las penas varían según el tipo de infracción:

  • Venta de bebidas alcohólicas: pena de prisión de 15 días a seis meses.
  • Portación de armas o exhibición de distintivos partidarios: prisión de hasta 15 días y multas de hasta 500 pesos.
  • Actos de proselitismo o publicación de encuestas: multas de entre 10 mil y 100 mil pesos.
  • Publicidad electoral en medios: los partidos políticos pueden perder el derecho a financiamiento público por uno a cuatro años, y las personas enfrentan multas de hasta 100 mil módulos electorales.
  • Espectáculos públicos: prisión de 15 días a seis meses para el organizador.
  • La veda electoral es un recurso histórico de los gobiernos democráticos, diseñado para garantizar la libertad del voto y su secreto, permitiendo que los ciudadanos tomen decisiones informadas y libres de presiones externas.

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