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Asesinato de Lucas Cancino: el fallo que condenó y dejó libre a “Convulsión”, uno de los acusados de matar al chico de 17 años

A Juan Mejías le dieron tres años de prisión en suspenso por robar una moto a punta de pistola. Para la Justicia, fue clave que el arma no servía.


Este miércoles 13 de octubre, en un hecho de inseguridad, asesinaron a un chico de 17 años cuando iba al colegio en Quilmes. Le robaron la mochila, la bicicleta y el celular. Todo ocurrió en la puerta de la casa de su abuela. El hecho es desgarrador. Lucas intentó pedir ayuda a su familia tras recibir la puñalada en el pecho que resultó mortal. Pero no alcanzó.

El 2 de septiembre pasado, Juan Cruz Nazareno Mejías, alias “Convulsión” y de 20 años, entró a los tribunales de Quilmes para prestar su consentimiento: iba a ser condenado en un juicio abreviado a tres años de prisión por una entradera el año pasado. Ese día, junto a un cómplice, armado, robó una moto. 

A pesar de que fue detenido el 24 de julio de 2020, sólo estuvo preso hasta el 29 de julio: cinco días. Luego, siguió el proceso en libertad. Finalmente, admitió haber participado en el asalto, recibió la pena en suspenso y por ello no fue detenido. Apenas un mes y 12 días después, ese mismo delincuente está acusado del asesinato de Lucas Cancino (17) en Quilmes.

lucas cancino

Infobae accedió al documento completo donde consta la decisión y los detalles del caso que lo llevaron a una condena de e años para Mejías (20), pero no le valió la cárcel.

Según el escrito, el 24 de julio del 2020 a las 7.55, Mejías y un cómplice interceptaron a un hombre que salía de su casa en la calle Alfonsina Storni, zona de Quilmes. Lo apuntaron con un arma de fuego y lo amenazaron con matarlo hasta que finalmente le robaron su moto Yamaha 125 XTZ con la que la víctima intentaba salir a trabajar. Luego del hecho, los dos delincuentes huyeron y en el cruce de Juan Cruz Varela y Brown chocaron contra un auto.

Mejías terminó con una fractura en un pie y lesiones en varias partes del cuerpo. Tenía, además, la cara ensangrentada. Sin embargo, cuando la Policía Bonaerense llegó al lugar del choque, huyó como pudo. Luego, comenzó una persecución a pie que terminó con el delincuente ingresando a la casa de un vecino para esconderse. Intentó ocultarse en el fondo de esa vivienda hasta que fue apresado. Su cómplice corrió la misma suerte.

Pero esa situación no duró mucho tiempo. Cinco días después, por orden del titular del Juzgado de Garantías N° 2, Martín Nolfi, Mejías fue liberado. “El juez actuó según lo que dictan las leyes en estos casos. La ley dice que ante este tipo de delitos, el acusado puede esperar el juicio en libertad. La sociedad deberá en todo caso pedir al Congreso que se cambien las leyes pero mientras tanto tenemos esta. Si el juez lo hubiese dejado detenido, la Cámara lo hubiese liberado”, cuenta a este medio una fuente con amplio recorrido en la justicia bonaerense.

Lo cierto es que un año y dos meses después del hecho, la defensa de Mejías llegó a un acuerdo con la fiscal de juicio María de los Ángeles Attarian Mena para realizar un juicio abreviado donde la pena sería de tres años en suspenso. Eso significa que sería condenado, pero no iría a la cárcel.

“La pena por este delito va de los 3 a los 10 años, y un abreviado se puede hacer con penas de hasta 15. Está dentro del marco normativo. Después, la discusión se puede centrar en si la fiscal pudo haber acordado una pena más alta”, explica una fuente judicial al tanto del caso.

Para que el juicio abreviado tenga validez, el acusado debe aceptar su responsabilidad y participación en el hecho. Mejías hizo eso mismo en la audiencia del 2 de septiembre pasado. Por lo tanto, el juez Fernando Celesia homologó el acuerdo y firmó la sentencia contra Mejías.

Si bien en la sentencia no se hace especial referencia a las pericias que se hicieron con respecto al arma que el condenado usó para robar la moto, sí se especifica que “la aptitud para el disparo del arma empleada no pudo tenerse por acreditado de ningún modo”. Este punto fue fundamental para determinar el monto y naturaleza de la pena. En cuanto a los atenuantes, se tuvo en cuenta la falta de antecedentes del acusado.

Pero hay un último punto fundamental en el que hace especial hincapié el juez. Lo obliga a cumplir ciertas reglas de conducta a “Convulsión”, como no tomar alcohol o consumir drogas por dos años. Pero, además, le puso otro requerimiento: “Estimo adecuado imponer al acusado, por el plazo de dos años, la obligación de someterse al cuidado de un patronato”.

Hasta el momento nadie puede confirmar que eso se haya cumplido de alguna manera, ya que no consta en ningún registro que alguien haya visitado a “Convulsión” para conocer su situación luego de la condena y antes del asesinato de Lucas.

Lo cierto es que 41 días después de haber sido condenado, Mejías y su cómplice, Agustín Rodrigo Rivas, alias “Chancho”, de 19 años, presuntamente interceptaron y mataron a Lucas de acuerdo a la acusación en su contra. Para los investigadores, fue “Chancho”, el que le dio la puñalada mortal. Este jueves, ambos estarán frente a la fiscal Karina Gallo, de la UFI N°4 de Quilmes, quien los acusa del delito de homicidio en ocasión de robo.

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