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Aprueban proyecto de fertilización asistida

La iniciativa que incorpora al Programa Médico Obligatorio (PMO) la infertilidad como enfermedad y obliga a aplicar técnicas de fertilización asistida, fue aprobada en forma general ayer por la Cámara de Diputados, aunque se postergó el debate en particular de la norma para el próximo período.

La iniciativa reúne varios proyectos presentados por diputados de varios bloques y establece la obligación de las obras sociales a brindar "la atención, el diagnóstico y el tratamiento de la infertilidad mediante la aplicación de técnicas de fertilización asistida y los fármacos que ésta requiera".

Si bien el proyecto fue aprobado en general por 150 votos a favor, 4 en contra y 4 abstenciones, los diputados acordaron postergar el debate en particular, artículo por artículo, para discutir "seriamente" la norma en el próximo período o bien en extraordinarias, apremiados por fin del actual período ordinario que vencía esta medianoche.

La propuesta surgió a partir de una moción del radical Ricardo Gil Lavedra, respaldada luego por el titular del bloque oficialista, Agustín Rossi, quien destacó la importancia de cumplir con lo dispuesto por la Organización Mundial de la Salud, de declarar a la infertilidad como enfermedad pero pidió "seriedad" y discutir más en profundidad la norma.

Sin embargo, representantes de organizaciones que se encontraban en el recinto para manifestar su respaldo a la norma, cuestionaron fuertemente la decisión de los diputados y pusieron en duda que la norma finalmente consiga sanción definitiva, una vez que se debata en particular y pase luego al Senado.

El dictamen de mayoría incluye proyectos impulsados por los diputados del PRO Silvia Majdalani; del Frente para la Victoria, Gerónimo Vargas Aignasse y Nancy González; de Diálogo por Buenos Aires, Miguel Bonasso; la radical Silvana Giúdici y del Movimiento Popular Nequino, Alicia Comeli.

A través de la iniciativa, se obliga a las obras sociales a brindar "la atención, el diagnóstico y el tratamiento de la infertilidad mediante la aplicación de técnicas de fertilización asistida y los fármacos que ésta requiera".

"Se define como infertilidad al resultado del coito durante un año sin protección anticonceptiva y sin que se produzca un embarazo", determina además el texto.

Entre otras cuestiones, la norma establece que las técnicas de reproducción sólo podrán realizarse en establecimientos habilitados por el Ministerio de Salud -que será la Autoridad de Aplicación- siempre que cumplan una serie de requisitos.

El sistema público de salud, las obras sociales y de medicina prepaga deberán incorporar como prestaciones obligatorias y brindar a sus afiliados el diagnóstico y tratamiento de reproducción asistida en casos de esterilidad e infertilidad diagnosticadas.

La provincia de Buenos Aires había aprobado en 2010 una norma similar que incluye a la fertilización entre las prestaciones que deben cubrir el Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA), las obras sociales y las prepagas que funcionen en el distrito bonaerense.