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Otros cinco días: la Justicia volvió a intimar al Gobierno a cumplir con la Ley de Financiamiento Universitario

El juez Martín Cormick ratificó la medida cautelar y advirtió que podrá aplicar multas diarias si el Ejecutivo no cumple con la actualización de salarios y becas.


La Justicia volvió a darle cinco días al Gobierno de Javier Milei para que cumpla con la medida cautelar que ordena aplicar la Ley de Financiamiento Universitario. El juez federal en lo Contencioso Administrativo Martín Cormick rechazó los argumentos presentados por el Ejecutivo y consideró que las medidas adoptadas hasta el momento representan un “cumplimiento parcial”.

La resolución fue firmada este miércoles, luego de que el Gobierno presentara un pedido de revocatoria contra la intimación que el magistrado había dispuesto el 22 de septiembre. Cormick amplió los fundamentos de su decisión y volvió a advertir que, si el Estado no cumple, podrá aplicar astreintes, es decir, multas económicas por cada día de demora.

La cautelar había sido dictada originalmente en diciembre de 2025 y quedó firme después de que la Corte Suprema rechazara en junio de este año el recurso presentado por el Gobierno. El máximo tribunal mantuvo así vigente la obligación de actualizar los salarios de docentes y no docentes universitarios y recomponer las becas estudiantiles.

La inflación que tomó como referencia el juez

Uno de los principales argumentos de Cormick fue la inflación acumulada desde el inicio de la gestión de Milei hasta junio de 2026.

Según consignó el magistrado a partir de los datos del IPC del INDEC, entre el 1° de diciembre de 2023 y junio de 2026 la inflación acumulada alcanzó el 312,19%.

El Gobierno había sostenido que estaba cumpliendo con la cautelar y había señalado los aumentos acordados en la paritaria universitaria. Sin embargo, para el juez no quedó acreditado que las actualizaciones salariales de docentes y no docentes se hubieran calculado de acuerdo con las variables establecidas por la Ley de Financiamiento Universitario.

Por ese motivo, Cormick consideró que el cumplimiento de la medida judicial todavía no era total.

Qué reclama la Ley de Financiamiento Universitario

La cautelar alcanza los artículos 5 y 6 de la Ley 27.795. El primero establece mecanismos vinculados con la recomposición de los salarios de docentes y no docentes universitarios, mientras que el segundo contempla la actualización de las becas estudiantiles.

En su presentación, el Ejecutivo había sostenido que las medidas adoptadas permitían considerar cumplida la orden judicial. El juez rechazó ese planteo y señaló que los argumentos oficiales ya habían sido analizados anteriormente en el expediente.

En cuanto a las becas, el Gobierno también planteó una interpretación sobre cuáles de los programas estaban alcanzados por la norma. Según consta en la resolución, el Estado había informado avances respecto de la Beca Manuel Belgrano, mientras que quedaba en discusión el alcance sobre otros programas. El magistrado consideró que esa explicación tampoco acreditaba el cumplimiento total de la cautelar.

El reclamo de las universidades

El Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), que inició la demanda contra el Estado, viene reclamando la aplicación efectiva de la ley.

El nuevo plazo judicial se conoce mientras los gremios universitarios llevan adelante un paro de 72 horas en las universidades nacionales, en reclamo de mejoras salariales y del cumplimiento de la Ley de Financiamiento Universitario.

Las organizaciones universitarias sostienen que los aumentos otorgados por el Gobierno no alcanzan para cumplir con el mecanismo de actualización previsto por la ley. En junio, tras el fallo de la Corte Suprema, Chequeado había calculado que para completar la recomposición salarial prevista en la cautelar todavía restaba un incremento adicional, aunque las cifras dependen del período y la metodología de cálculo utilizada.

Cinco días más y la posibilidad de multas

Con esta nueva resolución, el Gobierno vuelve a tener un plazo de cinco días para acreditar el cumplimiento de la medida cautelar.

La advertencia sobre las astreintes ya había sido incluida en la intimación anterior y fue ratificada ahora por Cormick. Si el Ejecutivo no acredita el cumplimiento dentro del nuevo plazo, el juez podrá avanzar con las sanciones económicas previstas en su resolución.

Mientras tanto, continúa pendiente la resolución sobre la cuestión de fondo de la causa iniciada por el CIN: la discusión sobre la aplicación integral de la Ley 27.795 y su relación con el decreto mediante el cual el Poder Ejecutivo había dispuesto suspender su aplicación por considerar que la norma no especificaba las fuentes de financiamiento.

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