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Ley de Alquileres | Unificaron un dictamen: la oposición propuso contratos de 2 años y actualizaciones entre los 3 y 12 meses

El documento, además, plantea que las subas sean definidas entre dueños e inquilinos.


La lucha por modificar la controversial Ley de Alquileres continúa. Ahora, la oposición presentó en comisión de la Cámara de Diputados un dictamen unificado y podría avanzar con la reforma en una sesión especial la próxima semana. El proyecto tiene como ejes contratos por dos años, actualización entre los tres y 12 meses, que se defina por las dos partes sin tope.

El dictamen presentado en las comisiones de Legislación General y Presupuesto de la Cámara Baja establece que las partes acuerden la metodología para las actualizaciones de los alquileres. La propuesta fue consensuada por los bloques de Juntos por el Cambio, interbloque Federal y Provincias Unidas.

La propuesta de la oposición sugiere que se tomen como referencia para las subas de alquileres el Índice de Precios al Consumidor (IPC), el Índice de Precios Mayoristas (IPM) y/o el Índice de Salarios (IS) elaborados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) o una combinación de dichos índices, según acuerden las partes.

Los ejes del dictamen de la oposición para la Ley de Alquileres

  • El dictamen de la oposición propone que los contratos de alquiler sean de dos años.
  • Establece que los ajustes en los contratos de alquiler se acuerden entre las partes por intervalos de entre tres y 12 meses, sin tope.
  • Propone que se tengan en cuenta como referencias para las subas el Índice de Precios al Consumidor, el de Precios Mayoristas (IPM) y/o el de Salarios del INDEC o una combinación.
  • En cuanto a la rescisión anticipada del contrato de parte del inquilino establece que podrá hacerlo si la propiedad alquilada es un inmueble y pasaron seis meses del convenio. Deberá notificar su decisión al locador con al menos un mes de anticipación.
  • En el caso de que el inquilino use esta opción en el primer año de vigencia del contrato establece que deberá pagarle al locador una indemnización equivalente a un mes y medio de alquiler al momento de desocupar el inmueble.
  • Mientras que si el inquilino opta por la rescisión anticipada después de un año de iniciado el contrato, determina que deberá pagarle al locador una indemnización equivalente a un mes considerándose para su cálculo el valor equivalente al mes locativo en que se entrega el inmueble.
  • Establece que los locadores deben declarar los contratos de alquiler ante la AFIP dentro del plazo, en la forma y con los alcances que disponga el organismo.

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