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Internas abiertas: crónica de un fracaso anunciado

*Por Félix V. Lonigro. En el mes de diciembre del año 2009 el Congreso de la Nación sancionó la ley 26.571, que se dio en llamar “ley de reforma política”. Esa norma modificó varios artículos del Código Nacional Electoral, de la ley de partidos políticos y de la que prevé el financiamiento de los mismos.

Entre las disposiciones de esta ley, están las que cambiaron profundamente el sistema de “internas” de las agrupaciones políticas. En efecto, hasta su sanción cada partido político designaba a sus candidatos para ocupar cargos públicos nacionales del modo que lo establecieran sus estatutos; pero a partir de ella están obligados a utilizar el sistema de internas abiertas, obligatorias y simultáneas.

Eso significa que los partidos políticos no podrán eludir la celebración de elecciones internas, en las que deberán votar todos los ciudadanos electores (obligatoriedad), sean o no afiliados a algún partido (abiertas); y que todas las agrupaciones deben celebrarlas el mismo día, para lo cual se estableció el segundo domingo de agosto de cada año en el que haya elecciones nacionales (simultaneidad).

A pesar de la claridad de la reforma señalada, la dirigencia política trazó su propia estrategia, y al momento parece ser que ningún partido político tendrá competencia interna, por lo menos para la designación de candidatos a presidente y vicepresidente de la Nación. Conclusión: se pone de relieve un manifiesto desinterés de la oposición en el procedimiento dispuesto por la ley 26.571, y aunque formalmente todos deban presentarse a elecciones internas el próximo 14 de agosto, lo será con la única finalidad de obtener el 1,5% de los votos, que la ley de reforma política exige para que un partido pueda presentar candidatos a ocupar los cargos públicos electivos.

Todo esto indica que el sistema pergeñado por la ley ha fracasado antes de su ejecución, no sólo por la falta de voluntad de la dirigencia política de competir internamente, sino además porque la estrategia del gobierno, al propiciar la sanción de dicha ley de reforma, ha sido evitar que haya candidatos hasta apenas dos meses antes de la elección, para no dar tiempo a que crezcan en la consideración del electorado. Mientras tanto el gobierno nacional, aún cuando no proclamó formalmente como candidata a la presidente -quien por el momento ha decidido esconder su estrategia-, la va instalando como tal, con la posibilidad de ir desarrollando una campaña electoral anticipada y encubierta a través de sus actos de gobierno.

Es indudable que los candidatos que gobiernan, siempre pueden hacer campaña con su gestión, sin que ello signifique violar la ley que dispone, para hacer proselitismo, de un período de treinta y cinco días anteriores a la elección. Luego, para evitar que la ley 26.571 les impida instalarse en el electorado, los partidos de la oposición la vulneran, armando anticipadamente sus estrategias y dirimiendo sus diferencias por fuera de dicha norma.

La velada intención de la mayoría oficialista en el Congreso de la Nación al momento de sancionarse la citada reforma electoral, más la evidente y demostrada falta de voluntad política o de capacidad de los dirigentes de la oposición de someterse a compulsas internas, hacen que el sistema previsto en la última reforma no sea más que la crónica electoral de un fracaso anunciado.