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Aborto: cuando es sí, pero no

*Por Mabel Bianco. El fallo de la Corte Suprema respecto a la interpretación del inciso b del art. 86 del Código Penal sobre el aborto permitió...

... aclarar los alcances interpretativos frente a un caso que despeja para los casos similares futuros, dudas existentes que se traducían en dilaciones y respuestas distintas para niñas y mujeres violadas, con consecuencias no pocas veces dramáticas.

Ahora le compete al Ministerio de Salud de la Nación citar con urgencia al Consejo Federal de Salud para, junto a los ministros provinciales, establecer el cumplimiento de la exhortación de la Corte, implementando la Guía para la Atención del Aborto No punible, elaborada por esa cartera, según las pautas interpretativas de la Corte.

Desde el 2011 el Ministerio de Salud ya tiene, como entidad rectora en las políticas sanitarias de salud, los elementos claves a los que alude la Corte; solo tiene que asegurar que se implementen en todo el país. Porque al igual que con la atención de otros problemas de salud, es quien debe ser el rector en la definición y cumplimiento de las políticas públicas. Esto requiere una voz clara que disipe dudas, temores y/o suspicacias que aún existan.

Porque se trata de cumplir la ley y frente a eso las interpretaciones individuales no tienen lugar, salvo para quienes las transgreden y cometen delitos.

El silencio que el Ministerio de Salud mantuvo con posterioridad al fallo, así como ante casos recientes de niñas embarazadas producto de violaciones, contribuye a generar dudas, interpretaciones personales y suspicacias.

Las políticas públicas son responsabilidad indelegable del gobierno nacional, quien debe conducir y garantizar el derecho igualitario a todas las personas.

La Corte exhortó al gobierno nacional y provinciales a brindar esta atención; si el Ejecutivo nacional y los provinciales no responden infringen la ley, por omisión, al no hacerse cargo de su responsabilidad. No sería legítimo que el Ministerio de Salud de la Nación sermonee con una política inclusiva y respetuosa de los derechos de las mujeres, dejando afuera a las niñas y mujeres a quienes se les vulneran sus derechos por la violencia sexual.