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Una mujer será indemnizada por vivir con sus suegros

Tras un inédito fallo, la justicia determinó que vivir con los suegros "genera daños al espíritu" por lo que la demandante recibirá 2500 pesos, por ser "obligada" a vivis con los padres de su esposo, luego de que adquiriera una vivienda que ya tenía dueño.

Una mujer inició una demanda en Mendoza contra una escribana que le cedió derechos de un inmueble que ya tenían dueño, por lo que se quedó sin casa y debió mudarse con los padres de su esposo. La Cámara Civil y Comercial de la provincia le concedió una indemnización por daño moral.

Por esto, la escribana quien había apelado la sentencia, fue condenada al pago de $2.500, según confirmó el fallo que se conoció este miércoles. El Tribunal destacó que la damnificada tuvo que vivir "con sus suegros en una casa de propiedad de éstos, todo lo cual, genera daños al espíritu".

La Sala Cuarta del Tribunal de Apelaciones, integrada por los magistrados Mirta Sar Sar, Claudio Leiva y Silvina Furlotti, sostuvo que el accionar de la escribana había frustrado la posibilidad de la demandante de "acceder a una vivienda familiar", y indicaron que el obrar antijurídico de la escribana y la frustración del acceso a una vivienda familiar determinó que la mujer "junto a su esposo viva con sus suegros en una casa de propiedad de éstos, todo lo cual, genera daños al espíritu".

En principio la notaria fue demandada por $11.000 por daños y perjuicios. El juez de primera instancia admitió parcialmente la acción entablada por la damnificada y le otorgó una

indemnización de $2.500 por daño moral, pero esta sentencia fue apelada por la mujer.

Luego, el Tribunal de Apelaciones señaló que correspondía confirmar la sentencia de grado y destacó que en el caso "se trata de una vivienda familiar" y que "cualquier familia realiza ingentes esfuerzos para obtenerla" y "deposita no sólo sus sueños sino también su proyecto de vida", lo cual justifica la existencia de daños espirituales.

Por lo tanto, la Cámara Civil y Comercial de Mendoza decidió confirmar la sentencia de primera instancia, que había concedido a la actora $2.500 como indemnización por daño moral, y rechazar el recurso de apelación interpuesto por la escribana.