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Piden por primera vez Juicio por Jurados para el caso Martínez Poch

Un fiscal platense pidió que Cristian Martínez Poch, acusado de abusar de su pareja y sus hijas, sea sometido a Juicio por Jurados, es decir integrado por ciudadanos comunes.

El fiscal Marcelo Romero informó que la presentación la formuló ante el juez de Garantías que entiende en la causa, Jorge Moya Panisello, quien debe dar traslado a la defensa del disc jockey.


Si el imputado lo acepta, éste será el primer caso en ser tratado en un juicio mediante esta metodología procesal en la provincia de Buenos Aires, que incluye a ciudadanos comunes como jurados y un juez profesional.

El Juicio por Jurados, previsto en la Constitución de la Nación, está vigente en las provincias de Córdoba y Neuquén.

Martínez Poch (49), está imputado por los delitos de "privación ilegal de la libertad doblemente agravada, en concurso real con corrupción de menores agravada, abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual con acceso carnal calificado".

El 24 de septiembre, la abogada Vanesa Rial (39) fue rescatada por la Policía, tras allanarse uno de los departamentos de un edificio ubicado en la calle 23, entre 58 y 59 de La Plata, donde Martínez Poch la mantenía cautiva desde principios de ese mes.

Durante ese tiempo, el hombre la golpeó, la drogó y abusó sexualmente de ella, según denunció la víctima ante la prensa y el fiscal Romero.

Dos días después de la liberación de la mujer, prestaron declaración testimonial ante el fiscal dos hijas de Martínez Poch, de 19 y 20 años, quienes relataron que tras la muerte de su madre, cuando eran niñas, fueron abusadas por su padre.

En el pedido de elevación a juicio, el fiscal tuvo en cuenta también los resultados de las pericias psicológicas y psiquiátricas efectuadas a fines de diciembre a Martínez Poch que revelaron que sus rasgos de personalidad psicopática "no conlleva alteración alguna para comprender la realidad, manteniéndose la indemnidad de las capacidades psicojurídicas".

La nueva ley que estableció el sistema del Juicio por Jurados fue promulgada en septiembre y determina que actuará en delitos cuya pena máxima en abstracto exceda de 15 años de prisión o reclusión o, tratándose de un concurso de delitos, que alguno de ellos supere dicha pena.

Según la norma, el jurado estará compuesto por 12 ciudadanos titulares y 6 suplentes que serán elegidos por sorteo del padrón electoral, y recibirán instrucciones de un juez, quien les indicará el encuadre jurídico de la cuestión a resolver.

Además, determina que luego del debate decidirá el jurado en torno a la inocencia o no del ciudadano sometido a proceso.

Fija también que el veredicto de culpabilidad requerirá un mínimo de 10 votos afirmativos sobre las cuestiones planteadas, y si el delito, por el que fuera calificado legalmente el hecho en que se sustenta la acusación, tuviera prevista pena de prisión o reclusión perpetua, se requerirá unanimidad de votos afirmativos.

Para ser miembro de un jurado se deberá ser argentino nativo o naturalizado, con no menos de cinco años de ciudadanía, tener entre 21 y 75 años, entender plenamente el idioma nacional y gozar de aptitud física y psíquica suficientes para el cargo.