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Ley de medios: confirman suspensión del artículo 161

Continuará sin aplicarse la disposición, que fija un año de plazo para desprenderse de licencias, la sentencia se conoce en medio del embate del oficialismo contra el máximo tribunal

El artículo 161 de la ley de medios audiovisuales continuará suspendido, así lo decidió la Corte Suprema de Justicia  en un fallo unánime. Además confirmó la medida cautelar que había sido dictada por el juez federal Edmundo Carbone y confirmada por la Sala II de la Cámara Civil y Comercial Federal.

El plazo continuará suspendido hasta que finalice un juicio que se inició con una demanda presentada en febrero último y que está en sus etapas iniciales, según publica la versión online del diario La Nación.

El fallo de la Corte, muy escueto, se funda en que el alto tribunal tiene por doctrina no revisar medidas cautelares dictadas por tribunales inferiores.

De todas maneras, en el fallo se agregan algunas menciones para darle una señal al Gobierno para que el juicio de fondo no se prolongue excesivamente en el tiempo. Dos de los jueces se limitaron a confirmar la cautelar.

Los otros cinco magistrados dijeron que el juez deberá fijar un plazo de duración de la cautelar para que el proceso no se demore demasiado. La Corte no dice cuál es ese plazo.

Esta decisión de la Corte es un duro revés para la pretensión del Poder Ejecutivo, que esperaba forzar la venta de las empresas del Grupo Clarín antes de octubre del año próximo, mes en el que se realizan las elecciones presidenciales.

La ley de medios audiovisuales, número 26.522, fue sancionada en octubre del año último y es parte de una política del Gobierno para cambiar el mapa de los propietarios de radios y canales de televisión y cable.