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Lázaro Báez fue sobreseído parcialmente de una causa por evasión por la nueva ley de inocencia fiscal

Al empresario afín al kirchnerismo lo favoreció la aplicación de la nueva legislación aprobada a instancias del Gobierno.

El Tribunal Oral en lo Penal Económico N° 3 sobreseyó parcialmente a Lázaro Báez y otras 11 personas acusadas de evasión por la empresa Austral Construcciones, por aplicar el beneficio de la nueva Ley de Inocencia Fiscal.

Se le reclamaba a Austral Construcciones el pago del IVA y Ganancias de los períodos 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014. De todos estos períodos se lo juzgará en juicio oral por la deuda del año 2012, ya que los anteriores quedaron comprendidos por los nuevos pisos fijados por la ley de inocencia fiscal.

La ley de inocencia fiscal estableció que para considerar evasión el monto evadido debe ser superior a 100.000.000 de pesos por cada tributo y por cada ejercicio anual. Para que sea considerada una evasión agravada, el monto mínimo es de 1.000.000.000 de pesos y para el uso de facturas falsas el piso para el delito es de $100.000.000.

La defensa de Báez pidió acogerse a estos beneficios y la fiscalía se opuso. El fiscal general Diego Velasco sostuvo que la Ley 27.799 representa únicamente una actualización de montos para compensar la depreciación de la moneda y no es una ley penal más benigna que se aplica de manera retroactiva, por lo que pidió llevar a Báez a juicio.

Por su parte ARCA no se opuso, aunque defendió el resto de los períodos fiscales donde la evasión era superior a estos montos. Con estos elementos, los jueces Jorge Zabala, Fernando Machado Pelloni y Karina Perilli sobreseyeron a Báez parcialmente para el período del año 2012.

El tribunal sobreseyó a Lázaro Báez a sus hijos Martín, Luciana y Leandro Báez. Y la medida abarca también a Julio Mendoza, César Andrés, Claudio Bustos, Eduardo Arrejín, Mario Delgado, Tomás Garzón, María Cristina González, Gastón Lemoine, Emilio Martín, Ariel Nieto y Hugo Uribe.

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