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De la Rúa, sobreseído por las muertes de diciembre del 2001

El ex Presidente fue sobreseído, el tribunal sostuvo que no existió ilegitimidad en el dictado del Estado de Sitio.

La Sala Primera de la Cámara Nacional de Casación Penal, confirmó el sobreseimiento

del ex presidente Fernando De la Rúa en los sangrientos episodios de diciembre de 2001, con un saldo de 33 muertos en todo el país.

El tribunal sostuvo que "no existió ilegitimidad" en el dictado del Estado de Sitio decretado por De la Rúa, considerado por la fiscalía como el detonante de la brutal represión que culminó con más de 30 muertos y cientos de heridos.

Por el voto unánime de sus integrantes, el tribunal confirmó  que "no puede pretenderse ubicar al imputado como garante de  comportamientos ajenos cuando se tuvo por  probado que desconocía los supuestos excesos en los que habían incurridos sus  inferiores durante el Estado de Sitio".

"La validación del Estado de Sitio no podía integrar el listado de temas para la sesiones extraordinarias del Congreso" ya que "si bien la situación era complicada, no habían sucedido los hechos que justificaran que nos encontrábamos frente a unsupuesto hecho de conmoción interior"

Los jueces Raúl Madueño, Luis María Cabral y Esteban Riggi entendieron que la Constitución establece que "es atribución del presidente de la Nación declarar el Estado de Sitio en caso de conmoción interior y también cuidando el Congreso está enreceso".

En ese sentido, la máxima instancia de la Justicia Penal advirtió que "el cuestionado decreto de declaración del Estado de Sitio incluyó expresamente la orden de dar cuenta al Congreso de su dictado, a los fines que de acuerdo a las atribuciones de ese cuerpo, como lo manda la Constitución aprobándolo o suspendiéndolo"

De la Rúa, en una de las últimas decisiones antes de renunciar levantó Estado de Sitio, y al prunciarse en ese sentido, la Cámara recordó que "el presidente provisional del

Senado, Ramón Puerta (en ejercicio de la primera magistratura de la Nación) lo vuelve a imponer por diez dias mas con el mismo procedimiento que usó" el ex mandatario radical pero en la provincia de Buenos Aires y por diez días.

"Desde el punto de vista formal, no existe, como pretenden los recurrentes, ilegitimidad en el dictado del Estado de Sitio por parte del Poder Ejecutivo nacional que cumplió con los pasos que marca la Ley Suprema y los Pactos Internaciomnales", sentenció.

El abogado defensor de De la Rúa, Miguel Angel Almeira, afirmó que se trataba de "una muy buena sentencia, sólida y muy bien fundada, con la que concluye un ciclo de once años".