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AFIP: lanza un plan para regular deudas impositivas en hasta 120 cuotas

Así surge de la resolución general 3451 publicada este lunes en el Boletín Oficial.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lanzó hoy una nueva moratoria para saldar deudas impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social hasta en 120 cuotas.

Así surge de la resolución general 3451 publicada este lunes en el Boletín Oficial, la cual indica que el plan de desendeudamiento se implementará para cancelar las obligaciones vencidas hasta el 28 de febrero pasado.

La decisión del Gobierno de lanzar una nueva moratoria responde a su intención de "instrumentar medidas contracíclicas conducentes al desarrollo estructural de las empresas y a la generación de empleo", según la resolución. Asimismo, tiene como objetivo "el mantenimiento de las fuentes de trabajo y al fortalecimiento del poder adquisitivo de los ciudadanos y, con ello, la consolidación de la demanda y del mercado interno nacional".

Los contribuyentes podrán formular el plan de pagos con la AFIP hasta el 31 de julio de 2013: podrán optar por programas de hasta 120 cuotas, con una tasa de financiación del 1,35 por ciento mensual.
 
"Se considera oportuno estipular que el plan pueda ser formulado hasta el 31 de julio de 2013, a los efectos de que los contribuyentes cuenten con la debida certeza jurídica para confeccionar el mismo y tomar las decisiones técnicas necesarias con el fin de analizar la conveniencia de adherir al plan y, de corresponder, desistir de otros caminos procesales", dijo la AFIP.

Añadió que se establecen 120 cuotas mensuales -como plazo máximo de pago-, con un sistema de amortización de capital francés y una tasa de financiación del 1,35 por ciento mensual. Dijo también que no es necesario establecer un anticipo o pago a cuenta en virtud de que el establecimiento del régimen especial en cuestión "surge de las políticas contracíclicas mencionadas".

Se indicó que "resultan excluidas, entre otras, las obligaciones impositivas generadas a partir del vencimiento del plazo establecido por el Artículo 2º del Decreto Nº 746 del 28 de marzo de 2003 y los cargos aduaneros con origen en la Ley Nº 26.351".