* Por Jorge Gebhardt. En el país funciona como un tributo complementario del impuesto a las ganancias. Si la empresa es rentable, no corresponderá el pago de ganancia mínima presunta, en tanto que, si se pierde dinero, surgirá la obligación. Una vez que deba abonarse, el tributo podrá tomarse a cuenta de futuros pagos del impuesto a las ganancias, si se recupera la rentabilidad.
DOLAR
OFICIAL
$1370.00
COMPRA $1420.00
VENTA
COMPRA $1420.00
VENTA
BLUE
$1420.00
COMPRA $1440.00
VENTA
COMPRA $1440.00
VENTA
FLASH DE NOTICIAS
- Reforma laboral: Patricia Bullrich adelantó que mantendrán el pago del 100% del sueldo para “enfermedades severas, degenerativas o irrecuperables”
- Detuvieron a un tercer sospechoso por el crimen del joven de 18 años en el carnaval de Mercedes
- Un empleado mató a golpes al capataz de una maderera en Morón porque lo maltrataba
- Se cayó la red social X (Twitter) en varias partes del mundo